El Ministerio de Trabajo estableció que no podrá discriminarse en la oferta laboral a las personas que hayan cumplido la totalidad de su condena. La medida surgió por recomendación de la Procuración Penitenciaria.
El Ministerio de Trabajo oficializó una medida para garantizar el derecho al trabajo a quienes hayan cumplido la totalidad de su condena, dado que las ofertas de empleo no podrán contener restricciones debido a antecedentes penales.
Se trata de la Resolución 11-E/2018, publicada en el Boletín Oficial, mediante la cual se sustituyó el artículo 3 de la resolución 270/15 y se estableció que ”no podrán ser causa de restricción para el otorgamiento del empleo los antecedentes penales de las personas que hayan cumplido la totalidad de su condena”.
De este modo, la cartera de Trabajo determinó que “las ofertas de empleo no podrán contener restricciones por motivos tales como raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, género, posición económica, condición social, caracteres físicos, discapacidad, residencia, responsabilidades familiares o antecedentes penales de quienes hayan cumplido la totalidad de su condena”.
Uno de los mayores inconvenientes surge al momento de presentar el informe de reincidencia, emitido por el Registro Nacional de Reincidencia. “Se estigmatiza a las personas que estuvieron privadas de libertad y en muchos casos funciona como factor determinante para el no otorgamiento del puesto de trabajo”, sostuvo la PPN y concluyó: “Ello implica que muchas personas que han transitado una pena privativa de libertad queden fuera del mercado laboral formal”.
La medida se dio por una recomendación de la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) a fin de que las personas que hayan cumplido con la totalidad de su condena tengan acceso a un trabajo en igualdad de condiciones.
Puntualmente, el organismo destacó que "el trabajo desempeña un papel crucial en la reinserción social y económica de las personas que recuperan su libertad", pero advirtió que “tanto organizaciones privadas como organismos públicos y otros sectores que conforman el mercado laboral, exigen certificados de antecedentes penales como condición para el acceso a los puestos de trabajo que ofrecen”.
Uno de los mayores inconvenientes surge al momento de presentar el informe de reincidencia, emitido por el Registro Nacional de Reincidencia. “Se estigmatiza a las personas que estuvieron privadas de libertad y en muchos casos funciona como factor determinante para el no otorgamiento del puesto de trabajo”, sostuvo la PPN y concluyó: “Ello implica que muchas personas que han transitado una pena privativa de libertad queden fuera del mercado laboral formal”.