21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024

Sin cuerpo, hay delito

Un tribunal de Salta confirmó sentencia en el caso de una mujer desaparecida en 2014. El cuerpo de la víctima nunca fue encontrado, pero sí indicios suficientes para que los jueces consideraran probada la muerte.

Noelia Rodríguez desapareció el 4 de mayo de 2014, en la localidad salteña de Guachipas. Dos años más tarde, la Sala III del Tribunal de Juicio, condenó a Aldo Vargas como coautor del delito de homicidio doblemente calificado por el género y por femicidio en concurso real con estelionato, a la pena de prisión perpetua. Mientras que su pareja, Celia Cardozo fue condenada como coautora del delito de homicidio a la pena de veinte años de prisión.

El tribunal de juicio tuvo por cierto que el 4 de mayo de 2014, Vargas convocó a la víctima, con quien mantenía una relación paralela, y la citó en un potrero cercano a su vivienda. Una vez allí, llamó por teléfono a su pareja y entre los dos le dieron muerte. Luego ocultaron el cadáver, que nunca fue hallado.

el hecho de no haber sido hallado el cuerpo de la víctima no resulta obstáculo en el caso, ya que la "muerte del sujeto pasivo del homicidio, en tanto requisito objetivo de la estructura típica del delito, constituye un hecho comprobable según las reglas de la libertad probatoria".

En este escenario, los jueces de la Sala I del Tribunal de Impugnación, Ramón Esteban Medina y Pablo Arancibia, rechazaron los recursos de casación que interpusieron las defensas y confirmaron dicho fallo.

Los jueces de alzada señalaron que el hecho de no haber sido hallado el cuerpo de la víctima no resulta obstáculo en el caso, ya que la "muerte del sujeto pasivo del homicidio, en tanto requisito objetivo de la estructura típica del delito, constituye un hecho comprobable según las reglas de la libertad probatoria".

"(...) Las dificultades probatorias que se presentan no pueden constituir una excusa para sortear la obligación de investigar la verdad real, objetiva y sustancial de los hechos sometidos a enjuiciamiento", indicó el fallo.

Puntualmente, los magistrados tuvieron en cuenta “el tiempo transcurrido desde que no se tienen noticias de Noelia –más de tres años- sin datos acerca de su paradero”, pese al esfuerzo realizado para ubicarla en el que “se volcó un caudal importante de recursos humanos –provinciales y federales- y técnicos para esa tarea”.

También resaltaron que “la víctima, al momento de su parición, tenía trabajo, intenciones de estudiar y desarrollaba una vida normal”, por lo que concluyeron que “no hay motivos que lleven a presumir que se encontrare simplemente fugada o parecida”.

Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486