La STJ del Chaco desestimó un recurso de casación de la Secretaría de Derechos Humanos provincial que pretendía constituirse como querellante en una causa por el femicidio de una joven.
La Sala Criminal y Correccional del Superior Tribunal de Justicia del Chaco rechazó el recurso de queja interpuesto por la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia que pretendía constituirse como querellante en la causa donde se investiga el femicidio de una joven de 25 años.
Mariela Fernández fue encontrada sin vida en el domicilio que compartía con su concubino. Los investigadores creen que el imputado agredió físicamente a Mariela, su expareja, utilizando la correa de una riñonera con la que le provocó la muerte por ahorcamiento.
La Secretaría de Derechos Humanos de la provincia del Chaco solicitó su inclusión como querellante en la causa, pero la Justicia denegó el pedido.
“De este modo, no se advierte el incumplimiento del tratado mencionado ni de los procedimientos fijados por la norma procesal local por parte de ninguno de los poderes que integran el Estado Provincial que justifique la intervención de la Secretaría en el trámite de la causa (…)”, concluyeron las juezas del STJ.
“Se está investigando la muerte de una mujer y única víctima, por lo que son los progenitores quienes en forma única se encuentran procesalmente habilitados para pretender la instancia de querellantes particulares”, sostuvo la resolución.
El organismo público interpuso recurso de queja por casación denegada ante la Sala Criminal y Correccional del Superior Tribunal de Justicia. Así, las ministras Emilia Valle y María Luisa Lucas analizaron el caso y concluyeron que “no existe justificación lógica para sostener que en este caso el Poder Ejecutivo deba ser parte, por cuanto no se verifica el citado riesgo o compromiso de la seguridad jurídica”.
“De este modo, no se advierte el incumplimiento del tratado mencionado ni de los procedimientos fijados por la norma procesal local por parte de ninguno de los poderes que integran el Estado Provincial que justifique la intervención de la Secretaría en el trámite de la causa (…)”, concluyeron las juezas del STJ.