20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Sin lugar para los rebeldes

En un proceso penal, la Corte Suprema suspendió el trámite de una queja,debido a que el imputado fue declarado rebelde. El Tribunal no resolverá nada hasta que el acusado se presente a estar a derecho. Opiniones divididas.

El Máximo Tribunal de Justicia decidió no pronunciarse sobre la procedencia de una recurso de queja hasta que el imputado en una causa penal, que había sido declarado rebelde, se presente ante la Corte a estar a derecho.

Esa fue la decisión adoptada en la causa “ G.A. S/ infracción ley 24.415” donde hubo temperamentos divididos, pero finalmente triunfó la opinión los supremos Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti.

La mayoría entendió que, ante la rebeldía del imputado, procedía “paralizar las actuaciones hasta que el nombrado se presente o sea habido”.

Según se desprende de la causa, antes de resolverse el recurso llegó un oficio, proveniente del Tribunal Oral que llevó adelante el juicio, un oficio informando que el imputado fue declarado rebelde en la ca.usa en la cual se interpuso la apelación extraordinaria, cuya denegación motivó la queja.

 

 

La disidencia estimó que al encontrarse el imputado prófugo en estas actuaciones, se daba una circunstancia que “obsta a la procedencia de la queja”

 

Ante ese escenario, la mayoría, tras ponderar que la circunstancia apuntada se produjo cuando la presentación directa se hallaba en trámite, consideró que correspondía “paralizar las actuaciones hasta que el nombrado se presente o sea habido”.

En cambio, la minoría en cabeza de los supremos Elena Highton de Nolasco y Carlos Rosenkrantz, estimó que al encontrarse el imputado prófugo en estas actuaciones, se daba una circunstanca que “obsta a la procedencia de la queja”.

Documento relacionado:

Aparecen en esta nota:
rebeldía

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486