20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Una herramienta contra la violencia de género

La Cámara de Diputados del Chaco aprobó la creación de un Registro Único de Casos de Violencia de Género. La iniciativa busca "concentrar y sistematizar la información de los hechos, tipos y modalidades" de estos delitos.  

La Cámara de Diputados del Chaco aprobó la creación de un Registro Único de Casos de Violencia de Género, con el objetivo de “concentrar y sistematizar la información de los hechos, tipos y modalidades de violencia de género”.

El mismo deberá registrar todas las situaciones de violencia de género recibidas en los diferentes organismos provinciales y municipales. También unificará las “denuncias, datos y/o metodología de abordaje” con el fin de mejorar la prevención.

El proyecto busca, entre otras cuestiones, “sistematizar la información para la elaboración de políticas públicas por parte del Estado Provincial”, y así crear una “base de datos común”, que se “constituirá en antecedente fundamental para la elaboración de estadísticas, que serán de utilidad a todos los organismos provinciales y municipales que traten la problemática de la violencia de género”.

 

Toda la documentación existente en cualquiera de las dependencias del Estado Provincial, entes descentralizados, autárquicos y organismos municipales que se refieran a situaciones de violencia de género “serán remitidas al Registro Único, en la modalidad y en los plazos que determine la reglamentación”.

 

La autoridad de aplicación será la encargada de “desarrollar, promover y coordinar con las distintas jurisdicciones los criterios para la selección de datos, que en ningún caso podrá contener la identificación personal de los involucrados, modalidad de registro, e indicadores básicos como tipo de violencia ejercida -física, psicológica o patrimonial-, naturaleza de los hechos, situación social de ambos, medidas adoptadas para proteger a la víctima, sus resultados y sanciones impuestas”.

La iniciativa establece, además, que la autoridad de aplicación deberá arbitrar los medios para que el “acceso a la información a dicho Registro sea debidamente fundado con el fin de resguardar el derecho a la intimidad de las personas víctimas de violencia y garantizar la confidencialidad de la identidad de las mismas”.

Toda la documentación existente en cualquiera de las dependencias del Estado Provincial, entes descentralizados, autárquicos y organismos municipales que se refieran a situaciones de violencia de género “serán remitidas al Registro Único, en la modalidad y en los plazos que determine la reglamentación”.

Por último, los datos incluidos “no podrán ser borrados ni destruidos por plazo alguno”, y se deberá "hacer público de manera trimestral, un informe con las estadísticas de casos registrados”.


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