28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Córdoba: Superior Tribunal vs. Fiscal General

En un nuevo escalón de un conflicto que crece día a día, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba rechazó el pedido de nulidad e inconstitucionalidad presentado por el fiscal General Carlos Baggini a las resoluciones que dispusieron el sorteo informático obligatorio de las causas que ingresaran por la mesa general de entradas del fuero penal.

 
Hasta el momento, las causas se distribuían territorialmente entre los fiscales de instrucción de la ciudad de Córdoba, ya que cada uno de ellos tiene una acción limitada a determinada zona.

Según lo informa el diario “La Voz del Interior”, Baggini había rechazado de manera contundente las nuevas disposiciones y ahora el Tribunal Superior lo desairó. En uno de los párrafos de la acordada firmada ayer, el máximo organismo judicial de Córdoba rechazó algunos de los términos utilizados por Baggini cuando descalificó el sorteo y sostuvo que es él quien debe marcar las pautas a los fiscales y también determinar la manera de distribución de los expedientes.

El tribunal criticó el pronunciamiento de Baggini por “la utilización de términos como falacia, excesos de autoridad, violación reiterada de la Constitución y otras de igual tenor agraviantes y descalificantes, y el tono general del discurso, admonitorio y ocultamente amenazante, por estimarlas, a más de incorrectas en el plano jurídico, inadecuadas al estilo y contenido que debe observarse”.

Baggini se había expresado en esos términos el viernes pasado, cuando se opuso a las acordadas que ordenan realizar el sorteo.

La respuesta no hace otra cosa que profundizar el enfrentamiento entre la cabeza del Poder Judicial de Córdoba y el Ministerio Público, que fue designado por el gobernador José Manuel de la Sota.

Lo jueces del Máximo Tribunal cordobés reiteraron que la Constitución de Córdoba no le asegura al Fiscal General “una independencia orgánica al ubicarlo dentro del Poder Judicial, y en aspectos esenciales depende del Tribunal Superior de Justicia y coadyuva en los aspectos de superintendencia”.

Por otra parte, el Superior Tribunal destacó que fue “la inacción en el ejercicio de las atribuciones del fiscal General lo que impuso que el Tribunal Superior haya decidido ejercitar sus poderes de superintendencia, ya que no es posible permanecer como un espectador sordo y ciego de una situación altamente negativa para la administración de justicia que se retrotrae desde por lo menos al año 2000 y para la cual ninguna solución ofrece el Fiscal General”.



dju / dju
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