20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Internado sin razón

En un caso insólito, la Justicia de Neuquén rechazó el amparo presentado por una familia para que un paciente con alta médica siga internado en un hospital.

En los autos "D. S. M. C/ Provincia del Neuquén S/ Acción de Amparo", la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén confirmó el rechazo a una acción de amparo presentada por una familia para que un paciente siga internado en un hospital a pesar de tener el alta médica.

La causa llegó al Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido contra la primera instancia que declaró la inadmisibilidad de la acción de amparo interpuesto por una  familia para que un paciente siguiera internado en el Hospital Bouquet Roldán.

 

Los camaristas advirtieron que el paciente fue dado de alta y que, según la historia clínica,  “solo espera recambio de botón gástrico”, pero sus “familiares directos no pueden hacerse cargo de él, por lo tanto  requiere de un hogar u residencia geriátrica”

 

La recurrente sostuvo que el juez de grado “no se tuvo en cuenta que el paciente es una persona incapaz” y requirió que continúe internado debido a la disconformidad con la externación porque “no se cuenta con condiciones en  la casa para su atención y la disconformidad con un traslado a una residencia”.

En este escenario, los camaristas advirtieron que el paciente fue dado de alta y que, según la historia clínica,  “solo espera recambio de botón gástrico”, pero sus “familiares directos no pueden hacerse cargo de él, por lo tanto  requiere de un hogar u residencia geriátrica”.

De este modo, los magistrados no apreciaron una “arbitrariedad o ilegalidad manifiesta en el actuar de la Administración” ya que la apelante “no aporta un fundamento distinto a lo que surge de los resúmenes de historias clínicas a los fines de cuestionar el alta por el cual se queja”.

Y concluyeron: “No quedó acreditada una arbitrariedad o ilegalidad manifiesta y frente a la disconformidad con la cobertura de la obra social la acción de amparo contra la provincia de Neuquén no resulta la vía judicial más idónea, corresponde confirmar la resolución de inadmisibilidad”. 


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