20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Adopción igualitaria

La Justicia de Salta otorgó la guarda con fines de adopción de un niño a un matrimonio igualitario. La jueza consideró las condiciones de la pareja y la alegría del menor, quien manifestó su deseo de tener una familia adoptiva.

La jueza a cargo del Juzgado Civil de Personas y Familia N°2 de Tartagal, Carmen Juliá, otorgó la guarda con fines de adopción de un niño a un matrimonio igualitario. Todo ello en los autos “Asesoría de Menores Nº 1 contra C., M. S. por Declaración de Abandono”.

El niño, de 8 años, había sido abandonado por sus padres biológicos y quedó desde ese momento a disposición de la Justicia alojado en una institución oficial.

Antes del otorgamiento de la guarda, se realizó un proceso de vinculación el cual fue evaluado positivamente por las profesionales intervinientes, quienes destacaron el diálogo fluido entre el niño y sus guardadores. También resaltaron la sensibilidad del matrimonio y la alegría del niño,  quien manifestó su deseo de tener una familia adoptiva.

La magistrada autorizó que éste no regresara al hogar el fin de semana último por pedido de le menor. En esa oportunidad los guardadores y el menor pasando tiempo al aire libre, donde realizaron juegos y caminatas.

 

“El matrimonio reúne todas las condiciones de idoneidad, siendo el que mejor responde al superior interés del niño, adaptándose a sus necesidades y demandas afectivas, por lo que pude observar al igual que los profesionales intervinientes, una apego en tan poco tiempo, hechos que se aprecian desde la comunicación verbal como así también no verbal”, sostuvo la magistrada.

 

En el caso se realizó previamente un proceso de vinculación que fue evaluado como beneficioso para el menor. Incluso se estableció un contacto con sus nuevas abuelas, lo que también entusiasmó al menor.

Durante la audiencia, el niño expresó que quería ir a Córdoba con sus “papás” y mencionó a sus nuevos tíos y primos que lo “están esperando”. De este modo, la pareja podrá iniciar dentro de seis meses las acciones para obtener la sentencia de adopción ante el tribunal competente.

“El matrimonio reúne todas las condiciones de idoneidad, siendo el que mejor responde al superior interés del niño, adaptándose a sus necesidades y demandas afectivas, por lo que pude observar al igual que los profesionales intervinientes, una apego en tan poco tiempo, hechos que se aprecian desde la comunicación verbal como así también no verbal”, sostuvo la magistrada.

Y concluyó: “Las miradas de la pareja para con A., es de afecto, un cariño que se está construyendo rápidamente, lo que hace suponer que este vínculo día a día seguirá aumentando hasta formar una gran familia”.



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