21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024

Problema de números y letras

Un fallo Comercial aclara que no existe diferencia entre los números y letras en el monto de un cheque, si en el mismo sólo falta la palabra "mil"

En los autos "EMPRENDIMIENTO RECOLETA S.A. C/ AUDITORIO DE BUENOS AIRES S.A. S/ EJECUTIVO", la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial resolvió que no existe una diferencia del monto entre lo expresado en letras y en números en el cheque si sólo falta la palabra “mil”.

La causa se originó por la demanda de una mujer que no puede cobrar un cheque porque expresa en números que la suma a pagar es de “$ 276.119” mientras que, en letras, expresa que ella asciende a “doscientos setenta y seis ciento diecinueve”. La demanda fue rechazada en Primera Instancia.

 

Los jueces ordenaron a la demandada a abonar la suma mayoritaria, expresada en números, de $276.119 por entender que la falta de una palabra no puede condicionar el valor real del cheque.

 

Sin embargo la accionante apeló y los miembros del Tribunal de Alzada le dieron la razón, tras señalar que es evidente que, sea cual fuere el motivo de ello, al expresarse el monto “en letras” se omitió aclarar que la suma es de “doscientos setenta y seis mil ciento diecinueve pesos” y lo que falta es, claramente, la palabra “mil” en lo consignado en letras y "dado que media una omisión en el valor expresado en letras, que no necesariamente difiere de su consignación en números".

"Ante la falta de oposición de defensas por parte de la ejecutada, que cabe revocar la resolución apelada, en tanto contiene una decisión a priori adecuada desde lo formal, pero extremadamente rigorista a la luz de las particulares circunstancias del caso", sostuvieron los camaristas Gerardo G. Vassallo, Juan R. Garibotto y Pablo D. Heredia, de la Sala D de la Cámara

Finalmente, los jueces ordenaron a la demandada a abonar la suma mayoritaria, expresada en números, de $276.119 por entender que la falta de una palabra no puede condicionar el valor real del cheque.

 

 

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Ojo con la contraorden de no pagar
No choque con los cheques

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486