20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Delitos graves registrados

En la Legislatura de Córdoba se presentó un proyecto para crear un Registro de Personas condenadas por Delitos Dolosos. En el mismo se inscribirá a todas las personas con condenas por  homicidio, lesiones graves, secuestro extorsivo o robo agravado. 

Por iniciativa del legislador provincial de Córdoba UCR-Cambiemos, Javier Bee Sellares, se propone crear el Registro Provincial de Personas condenadas por Delitos Dolosos (homicidios, lesiones graves, secuestros extorsivos, robos agravados). Allí serán inscriptas todas las personas que hayan sido condenadas como autoras plenamente responsables de este tipo. 

El proyecto contempla una aplicación de forma gradual, con un cronograma de implementación, en el que se incorporarán progresivamente los delitos de acuerdo a su gravedad, en la medida que se incrementen las capacidades operativas de los laboratorios forenses encargados del análisis de las muestras extraídas. A esos fines el orden de prioridad se establecerá de la siguiente manera: homicidios, lesiones graves, secuestros extorsivos, robos agravados y luego cualquier otro delito doloso tipificado o a tipificarse en el futuro.

 

“El objetivo principal del presente proyecto es contribuir al esclarecimiento de la verdad.  Estamos convencidos que servirá por partida doble a la Justicia, ya que se utilizará para identificar y condenar a los autores de delitos, como también para exculpar a personas erróneamente acusadas”

 

El legislador afirmó que el registro “facilitará el esclarecimiento de todos los hechos que puedan ser objeto de una investigación en materia penal” ya que almacenará la información genética asociada a una muestra o evidencia biológica obtenida en el curso de cualquier investigación criminal, y de toda persona condenada con sentencia firme por delitos dolosos.

En el proyecto está estipulado que el Registro “no es público” y en consecuencia, “todas las constancias o datos obrantes en el mismo son de contenido estrictamente confidencial y reservado”, y sólo podrán ser suministrados mediante una orden expresa emanada de una autoridad judicial que lo autorice.

En el legajo de cada una de las personas registradas se asentará, además de todos sus datos, su código de identificación genética, el historial de delitos y se incorporará la documentación referida al tratamiento médico o psicológico que hubiere recibido por anormalidades mentales o trastornos de la personalidad, como así también copia de la sentencia y todo otro dato y/o antecedente que, con el debido resguardo de los derechos y garantías constitucionales, contribuya a su seguimiento social. 

“El objetivo principal del presente proyecto es contribuir al esclarecimiento de la verdad.  Estamos convencidos que servirá por partida doble a la Justicia, ya que se utilizará para identificar y condenar a los autores de delitos, como también para exculpar a personas erróneamente acusadas”, sostuvo  el Legislador, y agregó que “en materia de la lucha contra la inseguridad, el presente proyecto contribuirá igualmente en el sentido de que provocará en futuros agresores una sensación de mayor control y de pérdida del sentimiento de anonimato e impunidad”.

El proyecto mantiene la norma que ya establecía que la inscripción en el Registro como condenado por delito contra la integridad sexual importaba la prohibición absoluta y automática para desempeñarse en servicios públicos y/o semipúblicos en los que estuviesen involucrados menores de edad. Y  también aquella norma que establecía que la persona que se pretenda incorporar o vincular o explotar servicios públicos y/o semipúblicos en los que estuviesen involucrados menores de edad, sea como empleado, propietario, permisionario y/o concesionario, además de todos los requisitos que deba cumplir en función de las leyes vigentes, deberá acompañar un certificado expedido por el Registro en donde conste que no se encuentra inscripto en el mismo como condenado por delito contra la integridad sexual.

Cabe recordar como antecedente que en 2009 la Legislatura Provincial de Córdoba sancionó la Ley Nº 9680 que  instauró el llamado “Programa Provincial de Identificación, Seguimiento, y Control de Delincuentes Sexuales y de Prevención de Delitos contra la Integridad Sexual” creando un Registro de individuos condenados por los referidos delitos. Posteriormente en el año 2013 la Nación sancionó una Ley similar, la Ley Nº 26.879.



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