20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Datos personales tras el "Brexit"

La Agencia de Acceso a la Información Pública prorrogó el plazo de reempadronamiento al Registro Nacional de Bases de Datos Personales, para los responsables de Archivos, Registros, Bases o Bancos de Datos Personales de carácter público estatal y público no estatal. También incluyó al Reino Unido como país con nivel de protección adecuado de datos personales, luego de su salida de la Union Europea.

Mediante las Resoluciones 34 y 37 de 2019, la Agencia de Acceso a la Información Pública resolvió extender el plazo de reempadronamiento para el Registro de Bases de Datos e incluyó a Gran Bretaña como país con nivel de protección adecuado en los términos de la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.Ambas resoluciones fueron suscriptas por el director de la Agencia, Eduardo Bertoni.

En la primera de las resoluciones, que incorpora al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a una lista ya integrada por otros países europeos como Suiza, sólo respecto del sector privado, o países como Uurugay, respecto al tratamiento automatizado de datos, se agrega a aquél país al modelo de contrato de transferencia internacional, tanto para los casos de cesión de datos personales como para los casos de prestación de servicios, “con el objeto de garantizar un nivel adecuado de protección de datos personales” en “aquellas transferencias de datos a países sin legislación adecuada”.

 

El Departamento de servicios digitales, cultura, medios y deporte del Reino Unido, rrequirió a la AAIP “que adopte las medidas necesarias a fin de garantizar que el flujo internacional de datos personales” desde el país hasta Gran Bretaña “se mantenga de manera ininterrumpida" tras la salida de la isla de la Union Europea,

 

La decisión se dio luego de que haber recibido una solicitud por parte del Departamento de servicios digitales, cultura, medios y deporte del Reino Unido, requiriendo a la AAIP “que adopte las medidas necesarias a fin de garantizar que el flujo internacional de datos personales” desde el país hasta Gran Bretaña “se mantenga de manera ininterrumpida" tras la salida de la isla de la Union Europea, conocida como el "Brexit"

Respecto de la prórroga, la resolución 37/2019 pondera que el artículo 21 de la Ley de Habeas Data dispone que todo archivo, registro, base o banco de datos público, y privado destinado a proporcionar informes debe inscribirse en el Registro que al efecto habilite el organismo de control. También que la Resolución n° 132 de la AAIP estableció que la tramitación de las inscripciones, modificaciones y bajas de las bases de datos personales de carácter privado, público estatal y público no estatal, ante el Registro Nacional de Bases de Datos de la DNPDP, deberán tramitarse exclusivamente a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) o sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

El plazo de vencimiento de esa obligación estaba originalmente previsto para el 28 de febrero de 2019, pero ante la consulta de diversos organismos, la Agencia estimó necesario prorrogar la fecha de vencimiento para el reempadronamiento de responsables de archivos, registros, bases o banco de datos personales de carácter público estatal y público no estatal, hasta el 30 de junio de 2019.

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