Jumbo deberá indemnizar a una embarazada que tropezó y cayó en un local de la cadena de supermercados. El golpe derivó en un parto prematuro.
La Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal confirmó la responsabilidad de la cadena Jumbo por la caída de una embarazada en un local comercial de la firma.
El accidente ocurrió en 2009, cuando la demandante se encontraba realizando compras en un local de la cadena de supermercados. Refirió que ese día se presentaba lluvioso y que personal había colocado gran cantidad de tachos, baldes y palanganas a fin de colectar el agua que caía del techo.
Según relató la demandante, al girar pisó un tacho de agua y cayó al piso. Al encontrarse embarazada de cuatro meses y tener contracciones cada cinco minutos, el médico de la empresa de emergencias decidió trasladarla hasta el Hospital Durand.
La mujer permaneció internada durante 24 horas en observación y se le diagnosticó “amenaza de aborto”, traumatismo lumbar y sacro, y pérdida de tapón mucoso. Se le indicó reposo absoluto, que debió realizar durante 45 días, y controles semanales.
Finalmente, debido a las contracciones que padecía, que se encontraba dilatada y que tenía la presión arterial muy alta, debieron realizarle una cesárea a las 32 semanas de gestación.
Luego de analizar todas las constancias de la causa, los vocales José Benito Fajre, Liliana Abreut de Begher y Claudio Kiper destacaron el informe del perito médico neonatólogo, quien estimó que “el traumatismo sufrido por la madre de la menor tiene relación directa en el desencadenamiento de amenaza de parto prematuro y posterior nacimiento prematuro de la menor”.
La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda interpuesta por la mujer, por sí y en representación de su hija menor de edad, y condenó a Jumbo Retail Argentina por los daños sufridos. Todo ello en los autos “B. V., M. A. c/ Jumbo Retail Argentina SA s/ Daños y Perjuicios”.
La decisión fue apelada, pero el Tribunal de Alzada rechazó los agravios de la empresa demandada y resolvió elevar la indemnización por daño moral. En el fallo, los jueces advirtieron que “debido al accidente sufrido, la actora vio afectado su embarazo, produciéndose un nacimiento prematuro”, lo que repercutió en los sentimientos de la demandante.
Luego de analizar todas las constancias de la causa, los vocales José Benito Fajre, Liliana Abreut de Begher y Claudio Kiper destacaron el informe del perito médico neonatólogo, quien estimó que “el traumatismo sufrido por la madre de la menor tiene relación directa en el desencadenamiento de amenaza de parto prematuro y posterior nacimiento prematuro de la menor”.