20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Los 25 de la Reforma Constitucional bonaerense

En el Senado de la Provincia de Buenos Aires, tuvo lugar hoy la apertura de las jornadas “A 25 años de la Reforma Constitucional de la Provincia de Buenos Aires: Debates, Balances y Perspectivas” que son organizadas en conjunto por la Facultad de Derecho de la Universidad de La Plata (UNLP) y por la Secretaria de Relaciones Institucionales de la mencionada casa de Estudios.

El evento contó con el discurso inicial del Decano de la Facultad de Derecho, Miguel Berri, quien trazó una pormenorizada cronología y un meticuloso análisis sobre los antecedentes de la Reforma de 1994, por caso el intento sin éxito de la reforma de 1991 que impidió a Antonio Cafiero su reelección.

Con posterioridad, y como otro aporte histórico y de reflexión, tuvo lugar el panel de los ex convencionales constituyentes  Osvaldo Mércuri (presidente del cuerpo), Roberto Oscar Pagni y Jorge Drkos.  Todos ellos de distintas extracciones, dado que Mércuri pertenecía al bloque justicialista, Pagni al radicalismo y Drkos al entonces bloque del Frepaso.

 

Reca resumió que “nunca se debe ir a la judicialización de los hecho políticos” y que “las circunstancias políticas deben ser resueltas en ámbitos políticos”.

 

Entre otras cosas, los tres coincidieron en que la gran deuda o “fracaso” de la reforma es la correspondiente al capítulo municipal, para poder incorporar el principio de la “autonomía”. También destacaron los tres constituyentes los distintos aportes de la nueva constitución como el amparo, los derechos sociales, del consumidor,  medio ambiente, como así también la defensa estatal del Instituto de Previsión Social y el artículo 37 que impide la privatización de los casinos.

El cierre estuvo a cargo del constitucionalista y profesor de Derecho Público Provincial de la UNLP, Dr. Pablo Reca, quien focalizó sobre el conflicto de poderes emanado de una disputa por el reglamento de la Asamblea Constituyente. Al respecto vale recordar que el justicialismo pretendía que todas las resoluciones, incluyendo la que autorizaba la reelección, se aprobaran por mayoría simple (total de presentes) y no absoluta (total de integrantes), como pretendían los bloques de la UCR, Frepaso y Modín.

Respecto de esto último es oportuno aclarar que el Justicialismo tenía un bloque de 65 convencionales y se necesitaba de una mayoría sustentada en 70 miembros.  En tanto, la oposición sumaba 73 asambleistas, si se tiene en cuenta la suma de 30 radicales, 23 del Frepaso y 20 del Modín.

Mientras prosperaba un recurso del PJ para que la justicia valide en primera y segunda instancia a la mayoría simple, el radicalismo, cuyo apoderado era el propio Reca, planteó un conflicto de poderes ante la Suprema Corte que falló a favor de la no judicialización de conflictos políticos , quedando luego establecido que el criterio político establecido por la alianza de los tres bloques opositores no eran motivo de evaluación en sede judicial.

Reca resumió que “nunca se debe ir a la judicialización de los hecho políticos” y que “las circunstancias políticas deben ser resueltas en ámbitos políticos”. El jurista también se sumó al reclamo de los convencionales para que en una próxima reforma se debata la autonomía municipal, remarcando que en la provincia de Buenos Aires “tenemos el peor régimen municipal de América Latina” y que, por tanto es “imperdonable” que no se esté promoviendo una reforma al respecto. Las jornadas continuarán con nuevos paneles a realizarse en la Facultad de Derecho de La Plata, desde las 9,30 horas.


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