Ingresó oficialmente a la Legislatura de Entre Ríos el proyecto para implementar los jurados populares. El texto incorpora como novedad reglas de evidencia y de ética de la abogacía.
El Poder Ejecutivo de la provincia de Entre Ríos remitió a la Legislatura el proyecto de ley para implementar el juicio por jurados.
La iniciativa fue elaborada en forma conjunta por equipos técnicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, con propuestas de la Asociación Argentina de Juicio por Jurados y del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip). También se incorporaron aportes del Colegio de Abogados de Entre Ríos y de la Asociación de Magistrados.
El texto, enviado por el gobernador Gustavo Bordet, propone un modelo de jurado clásico compuesto por 12 miembros titulares y, como mínimo, por cuatro 4 suplentes. “El panel de jurados titulares y suplentes deberá estar siempre integrado por mujeres y hombres en partes iguales”, señala el proyecto.
Además deberán “ser obligatoriamente juzgados por jurados, aún en su forma tentada y junto con los delitos conexos que con ellos concurran, los delitos cuya pena máxima en abstracto sean de 20 o más años de prisión o reclusión o si se trata de un concurso de delitos, alguno de ellos supere dicho monto”. Según los informes de gestión provincial, se proyecta la realización de entre no más de 10 y 15 juicios por jurados anuales.
En sus fundamentos, la iniciativa sostiene que “el jurado popular se encuentra en una situación más favorable para resolver un caso con la mayor imparcialidad posible y alejada de presiones –tanto externas como internas- que pudieran afectar su independencia frente al caso concreto”.
Establece, entre otras cuestiones, que el juicio será íntegramente filmado en audio y video. También incorpora como novedad “reglas de evidencia, reglas de ética de la abogacía y estándares probatorios objetivos”.
En sus fundamentos, la iniciativa sostiene que “el jurado popular se encuentra en una situación más favorable para resolver un caso con la mayor imparcialidad posible y alejada de presiones –tanto externas como internas- que pudieran afectar su independencia frente al caso concreto”.
También resalta la importancia de la participación de los ciudadanos. “Permite además que el acusado sea juzgado por sus pares, lo cual proporciona legitimidad democrática al veredicto de culpabilidad o no culpabilidad y facilita la transmisión de las razones jurídicas que habrán de tenerse en cuenta para la resolución de los casos, en la medida en que deberá emplearse un lenguaje claro y entendible, lo cual permitirá una mayor comprensión de los justiciables y de la sociedad toda respecto del sentido de las decisiones”, indicó.