20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Más límites a las fumigaciones

En un nuevo precedente en materia ambiental, la Justicia Federal fijó un límite restrictivo y de exclusión de 1095 metros para las fumigaciones terrestres y de 3000 metros para las aéreas en la zona de Pergamino.

El Juzgado Federal N° de San Nicolás, a cargo del juez Carlos Villafuerte Ruzo, amplió una medida cautelar dictada en abril pasado, referida a la suspensión provisional de las pulverizaciones y fumigaciones en la zona de Pergamino.

El fallo prohibió la fumigación en Pergamino y zonas urbanas al fijar un límite “restrictivo y de exclusión” de 1095 metros para aplicaciones terrestres y de 3 mil para las aéreas.

La resolución se dio en los autos "C., F. E.; y otros S/Infracción art. 55 de la ley 24051 y 200 del Código Penal”. Se trata de una causa por las fumigaciones con agrotóxicos en tres barrios de loa localidad, donde se registraron casos de adultos y niños con problemas de salud.

Hace pocos meses, la Justicia Federal adoptó diversas medidas precautorias, tales como la suspensión inmediata de la aplicación de los plaguicidas en los establecimientos rurales que rodean dichos barrios. Para las zonas adyacentes, también estableció un límite restrictivo de 600 metros.

Posteriormente, los querellantes solicitaron que se amplíe la extensión geográfica por considerarla “insuficiente” y para evitar el “riesgo de daño a los habitantes de la ciudad de Pergamino, sobre todo a los niños”. En este escenario, el juez destacó que se trata de una situación extremadamente delicada y sensible, ya que, según explicó, se encuentra en “juego la salud de niños y adultos de esa región”.

 

El fiscal entendió que el cuadro descripto y el transcurso del tiempo señalado ameritan “directamente ampliar la zona de exclusión a toda la ciudad de Pergamino, a las distancias sugeridas por la querella y hasta tanto se cuente con los diversos informes y conclusiones probatorias que se encuentran en curso en la causa”.

 

En la misma línea, el fiscal Matías Di Lello resaltó que persistían las circunstancias que llevaron al dictado de la resolución en abril último y señaló la incorporación de “elementos de prueba que dan cuenta de la gravedad que podría revestir la contaminación en estudio, donde a la fecha continúan las discusiones de por sí complejas sobre la calidad del agua que se consume en Pergamino y su posible toxicidad por contener diversos agroquímicos que incluso se ven potenciados por otros elementos en cuanto a su daño a la salud humana”.

El fiscal entendió que el cuadro descripto y el transcurso del tiempo señalado ameritan “directamente ampliar la zona de exclusión a toda la ciudad de Pergamino, a las distancias sugeridas por la querella y hasta tanto se cuente con los diversos informes y conclusiones probatorias que se encuentran en curso en la causa”.

Según consta en el expediente, se detectó glifosato en sangre y orina de personas, con un incremento en los marcadores sanguíneos de daño cromosómico, sumado a los resultados de estudios de contaminación en barrios de esa región, que arrojaron un amplio cumulo de moléculas de plaguicidas en aguas y suelo.

Un reciente estudio a cargo del Grupo de Investigación GeMA – Genética y Mutagénesis Ambiental- de la Universidad Nacional de Río Cuarto evaluó el nivel de daño en el material genético de niños de la provincia de Córdoba expuestos a estas sustancias químicas. 

 

En efecto, el magistrado consideró que “resultaría trascendente" que un grupo de profesionales en genética realice un "estudio de campo de niños residentes en el municipio de Pergamino, ya sea en los barrios aludidos o en otros a elección de los expertos”.

 

El documento encontró diferencia significativa entre los expuestos a menos de quinientos metros con respecto al grupo de niños no expuestos. El 40 por ciento de los individuos expuestos sufren algún tipo de afección persistente, que se podría asociar a la exposición crónica a plaguicidas.

En efecto, el magistrado consideró que “resultaría trascendente" que un grupo de profesionales en genética realice un "estudio de campo de niños residentes en el municipio de Pergamino, ya sea en los barrios aludidos o en otros a elección de los expertos”.

“(…)  las precauciones que se deben tomar en las franjas de niños y adultos en estado de vulnerabilidad por cercanías o exposición crónica a contaminantes, deben ser tomadas por las autoridades y por esta magistratura con un altísimo grado de responsabilidad y delicadeza, sabiendo que el derecho penal no repara los daños que eventualmente puedan ocasionarse”, agregó.

Y concluyó: “Siendo indudable el riesgo ambiental al que nos enfrentamos y habiendo personas afectadas, entiendo que son elementos que, en principio, resultan suficientes para tener por configurado un peligro de daño a la salud y al medio ambiente y justifican por lo tanto ampliar la prohibición de fumigar en la ciudad de Pergamino en su totalidad y en las distancias mencionadas por el Ministerio Público”.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486