17 de Julio de 2024
Edicion 7007 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/07/2024

El bebé está bien

La Cámara del Crimen rechazó la solicitud de prisión domiciliaria de un preso que tiene un bebé de tres meses. Para los jueces, el menor se encuentra más resguardado sin su padre en el hogar.

 

En la causa “S., A. G. I. s/prisión domiciliaria”, la Sala I Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmaron el rechazo del pedido de prisión domiciliaria y de morigeración de la prisión preventiva presentado por la defensa de un imputado de 20 años de edad que tiene un hijo de tres meses de vida a cargo de la madre.

"Se advierte entonces en este contexto que se proyecte positivamente en el niño conceder la prisión de su padre fuera del ámbito del servicio penitenciario federal, aún cuando no se vislumbren las causales del artículo 10 del Código Penal o del artículo 32 de la Ley N° 24.660". adviriteron los camaristas Pablo Guillermo Lucero e Ignacio Rodríguez Varela

En conclusión, la sentencia sostiene que no se pudo demostrar que se proyecte positivamente en el niño conceder la prisión de su padre fuera del ámbito del servicio penitenciario federal.

Para los jueces, "las especialísimas condiciones personales de los involucrados y su estado de vulnerabilidad, no entendía que el arresto domiciliario fuera la mejor medida a adoptar en resguardo de los derechos del bebé".

En ese sentido, los camaristas agregaron que el arresto domiciliario no es la mejor solución a los fines de atender al “interés superior del niño” y el resguardo de los derechos consagrados en el artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño", sino que la misma "se encuentra emparentada a adoptar otro tipo de medidas –pluridisciplinarias por cierto- que teniendo como norte el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, aseguren que crezca en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión, que asegure su crecimiento en un ambiente que no sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social".

Finalmente, los magistrados resaltaron que los informes agregados a la causa reflejan que el niño no se encuentra en situación de desamparo o riesgo que imponga modificar, al menos en lo inmediato, las condiciones de detención de su padre. 

En conclusión, la sentencia sostiene que no se pudo demostrar que se proyecte positivamente en el niño conceder la prisión de su padre fuera del ámbito del servicio penitenciario federal.

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486