El Juzgado Civil y Comercial de La Plata admitió un amparo colectivo presentado por las vendedoras de la Feria Americana de Plaza San Martín contra el gobierno provincial y el municipio platense.
Vendedoras de una feria americana presentaron un amparo solicitando que se ordene a la Municipalidad de La Plata y a la Provincia de Buenos Aires “que nos permitan el desarrollo de la actividad de venta de ropa usada en algún espacio público de la ciudad de La Plata que contemple las características de nuestra particular actividad y la modalidad en la que se desarrolla, por al menos tres veces semanales en horario diurno”.
Además, solicitaron que se dicte una medida cautelar innovativa que ordene la conformación de una mesa de coordinación y diálogo entre las accionantes y los demandados con debido control judicial, que permita a los solicitantes ejercer en lo inmediato su derecho al trabajo con dignidad y sin discriminación, a través del acuerdo con las autoridades públicas.
Para ello, hizo hincapié en el argumento de las solicitantes de que “la venta de mera subsistencia es la única opción que tenemos para afrontar la crisis, la feria para nosotras es hoy un modo de ejercer nuestro derecho al trabajo, y no podemos dejar de hacerlo porque sin ello no podremos ni darles al menos un plato de comida por día a nuestras hijas e hijos”.
Concretamente, las accionantes se refirieron a la represión y desalojo sufridas el 7 de junio de este año, cuando ingresaron a Plaza San Martín 700 funcionarios de las fuerzas de seguridad entre ellos Policías, caballería e Infantería, Migraciones, Grupo de Apoyo Departamental (GAD) y Comando Antidrogas, dejando toda la plaza vallada, no permitiéndose el ingreso de ninguna manera.
“Cuando creíamos que el conflicto se iba a solucionar y que íbamos a llegar a un acuerdo pacífico, el Departamento Ejecutivo, sin orden a la vista de ningún funcionario, nos violenta y nos subestima al tomar posesión de la Plaza que venía conteniendo a más de quinientas (500) personas, trabajadores y trabajadoras, con niños que sólo acompañaban a sus madres” argumentaron las solicitantes.
Evaluando el reclamo, La jueza Fabiana Maricel Coradi, titular del Juzgado Civil y Comercial N° 5 de La Plata, declaró admisible el amparo colectivo interpuesto, y dispuso que se de traslado a los demandados “por el término de cinco días, a quienes se cita y emplaza para que la contesten conforme lo dispuesto en el art. 10 de la ley 13.928 modif. por ley 14.192 y comparezca a estar a derecho (arts. 8 y 10 ley 13.928 modif por ley 14.192)”.
Para ello, hizo hincapié en el argumento de las solicitantes de que “la venta de mera subsistencia es la única opción que tenemos para afrontar la crisis, la feria para nosotras es hoy un modo de ejercer nuestro derecho al trabajo, y no podemos dejar de hacerlo porque sin ello no podremos ni darles al menos un plato de comida por día a nuestras hijas e hijos”.