01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

Escuchen a la víctima

En una condena por femicidio, el STJ de Formosa planteó la necesidad de creer más a las víctimas cuando formulan los primeros reclamos de auxilio ante los agentes policiales para evitar estos hechos.

El Superior Tribunal de Justicia de Formosa confirmó una condena a prisión perpetua por femicidio a un hombre que mató a golpes a su expareja. El fallo planteó la necesidad de creer más a las víctimas cuando formulan los primeros reclamos de auxilio a través de exposiciones o denuncias ante la Policía para evitar desenlaces como este.

El hecho ocurrió el 09 de abril de 2017, cuando el condenado Miguel Ángel Giménez se encontraba con su expareja Mirta Beatriz Campos en una zona de monte cercana a la avenida de acceso a la ciudad de Pozo del Tigre, en busca de yuyos curativos.

Fue en ese contexto, que el acusado tomó un palo de entre la flora existente en el lugar y con el mismo descargó dos violentos golpes en la zona craneal de la mujer, lo que le provocó lesiones fatales. Posterior al hecho, el acusado fue a su domicilio, se cambió de ropa y luego se dirigió a una comisaría local para comunicar el hecho, indicando a los policías donde había quedado el cuerpo de la víctima.

El Tribunal de juicio condenó a Giménez a prisión perpetua por el delito de homicidio agravado por el vínculo y por mediar violencia de género, en el marco de los autos “Giménez, Miguel Ángel S/ Homicidio Calificado”.

La defensa recurrió el fallo bajo el argumento de que existió un estado de emoción violenta y que el hecho no constituyó un caso de femicidio. Solicitó, además, que la sentencia sea revisada en Casación.

En sus fundamentos, los jueces del STJ dijeron que no existió una furia desbordada por parte de Giménez al momento de matar a su expareja, sino más bien una acción deliberada, porque llevó a su víctima a un lugar descampado, de difícil acceso y con la intención de responder a lo que consideraba un agravio por parte de la mujer, traducido en la infidelidad de la misma, lesionando su hombría, para luego, en ese marco espacial y lejos de la vista de otras personas, asestar los golpes que terminaron con la vida de la mujer.

 

En su voto, el juez Ariel Coll hizo hincapié en la importancia que debe darse a este tipo de presentaciones y advirtió el “fuerte valor probatorio porque pone en palabras y en un instrumento público, la situación de acoso que sufría la misma, sin prever ésta, por supuesto, que dos días después sería asesinada por la persona que era objeto de esa exposición”.

 

Según consta en el acta policial, la víctima denunció situaciones de violencia de género y explicó que su expareja “la seguía asediando, pidiéndole que regrese a vivir con él”. En el mismo relato ante la autoridad policial, expresó que el condenado le decía que “si no volvía con él, se quitaría la vida y que sería por culpa de ella”. Esa exposición se realizó el 07 de abril de 2017 y el homicidio ocurrió apenas dos días después.

En su voto, el juez Ariel Coll hizo hincapié en la importancia que debe darse a este tipo de presentaciones y advirtió el “fuerte valor probatorio porque pone en palabras y en un instrumento público, la situación de acoso que sufría la misma, sin prever ésta, por supuesto, que dos días después sería asesinada por la persona que era objeto de esa exposición”.

“Si se creyera más a las víctimas de violencia de género cuando formulan sus primeros reclamos de auxilio, seguramente muchos femicidios se habrían evitado", enfatizó el magistrado.

El STJ formoseño sostuvo que existió un “claro hostigamiento por parte de Giménez, mancillado en su honor por el retiro de la mujer de la vivienda que compartieron por diez años”. "La mención de que buscaría suicidarse en caso de que no volviera con el, es una notoria manifestación de violencia psicológica que, en el caso, derivó en violencia física y culminó con la muerte violenta de la víctima", concluyó el juez.



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