20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024
Rosaria

Una vaca en la ruta

Un fallo determinó que el concesionario de la autopista resulta responsable por los daños que sufrió un conductor al colisionar contra un bovino.

En los autos "Valenzuela Ernesto Dionisio c/ Cincovial S.A. s/ daños y perjuicios", la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario condenó a la empresa concesionaria de la autopista por los daños que sufrió un hombre al chocar contra un toro. Para los jueces, la condenada realizó un incumplimiento de su obligación de seguridad.

Los miembros del Tribunal admitieron la demanda de un hombre que colisionó contra un bovino de gran porte y consecuencia de ello el rodado sufrió destrucción total. Además, recordaron que los usuarios y los concesionarios de las autopistas están ligados por una relación contractual de consumo en función de la cual aquéllas asumen una concreta obligación de seguridad.

Para los jueces se, verificó un incumplimiento de la obligación de seguridad, ya que recaía sobre la empresa la vigilancia permanente de la ruta y la adopción de toda medida tendiente a resguardar la seguridad y la correcta circulación en los caminos, que contempla el retiro de los animales de la vía pública.

Los magistrados detallaron que "existe una obligación tácita de seguridad, por la cual el concesionario vial asume el compromiso de hacer posible el tránsito en todo el recorrido del tramo concesionado en condiciones de seguridad". Entre otras cosas, la ley obliga a este tipo de empresas a adoptar medidas de "prevención adecuadas a los concretos riesgos existentes en la ruta concesionada, en tanto resulten previsibles según el curso normal y ordinario de las cosas".

"Entender que el concesionario de la ruta sólo se ocupa del mantenimiento de su uso y goce, esto es, sin brindar servicios complementarios relativos a la seguridad, sería contrario a la expectativa legítima que tiene el ciudadano común que accede a una ruta concesionada consistente en que el prestador se ha ocupado de su seguridad", sostiene la sentencia.

Para los jueces se, verificó un incumplimiento de la obligación de seguridad, ya que recaía sobre la empresa la vigilancia permanente de la ruta y la adopción de toda medida tendiente a resguardar la seguridad y la correcta circulación en los caminos, que contempla el retiro de los animales de la vía pública.

Finalmente, la demandada deberá abonarle al hombre accidentado la totalidad de la reparación de los gastos del vehículo y, además, abonarle una millonaria indemnización.

 

 

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