20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024
Condena solidaria a un Municipio y una distribuidora de energía

Del pozo a la indemnización

Una mujer ganó un juicio por los daños que sufrió al caer dentro de una excavación en su vereda. La obra no contaba con las normas de seguridad. La sentencia fijó una indemnización cercana a los 2 millones de pesos

Los vocales integrantes de la Sala K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmaron que una mujer deberá ser indemnizada por los daños que sufrió al caer dentro de un pozo.

La mujer se accidentó al salir de su domicilio, ubicado en la localidad de Guernica, partido de Presidente Perón. En dichas circunstancias, antes de lograr aproximarse al vehículo que la trasladaría a su trabajo, repentinamente cayó dentro de una profunda excavación quedando tendida en el fondo y sin poder salir por sus propios medios, requiriendo en la emergencia la ayuda de los vecinos y del conductor.

Imputó la responsabilidad por el hecho dañoso al municipio, a Edesur S.A.  y a SIBA-UTE, por ser quienes estaban a cargo de la realización de la obra. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda “S., G. N. contra Municipalidad de Presidente Perón y otro  s/ daños y perjuicios”.

 

En concreto,  los vocales señalaron que las características del suceso “repercutieron en su faz psicofísica, han alterado su ánimo y tranquilidad espiritual”.

 

Los jueces del Tribunal de Alzada coincidieron con su colega de grado respecto a que la mujer cayó en la zanja abierta y que dicha caída se debió a un incumplimiento en las normas de seguridad en obra por parte de las demandadas. El pozo no contaba con el debido “corralito” de seguridad, según consta en la causa.

En cuanto al monto de la indemnización, los jueces resolvieron elevar el rubro daño moral y daño psicofísico. En concreto,  los vocales señalaron que las características del suceso “repercutieron en su faz psicofísica, han alterado su ánimo y tranquilidad espiritual”, fijando un valor de 1.580.000 y $390.000, respectivamente



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486