La Casación bonaerense restableció el arresto domiciliario sobre una mujer, madre de seis hijos, que había sido revocado porque se constató que salió de su domicilio en horario no permitido. La mujer se iba a bañar a sus hijos a la casa de su hermana, que vivía al lado
La Sala V del Tribunal de Casación de la provincia de Buenos Aires casó una sentencia de Cámara y ordenó restablecer la morigeración de la prisión preventiva de una mujer condenada a la pena de 6 años y 9 meses de prisión, teniendo en cuenta que tiene seis hijos menores.
El arresto de la imputada en autos "G. J. P. S/ RECURSO DE CASACION" había sido revocado por el Tribunal Criminal que la condenó por un “déficit de observancia” de su parte de las reglas impuestas al serle concedido el arresto domiciliario.
La Mujer denunció la arbitariedad de la resolución porque no se valoró “el interés superior del niño que establece la convención sobre derechos del niño...constituye pauta que orienta y condiciona la decisión de los tribunales”.
“Aún aceptando algunas situaciones de corte irregular, las circunstancias sociales en que se desenvuelve este núcleo familiar monoparental a cargo de J.G., impiden realizar una prognosis seria de fuga; única circunstancia atendible en este estado del proceso”
Los camaristas Daniel Carral y Ricardo Borinsky, si bien coincidieron con el criterio de la anterior instancia, hicieron notar que “las ausencias de G. informadas como “ha salido en horario no permitido” por el Jefe del Departamento de Informática y Estadística de la Dirección General de Supervisión Electrónica -Sección de Monitoreo Electrónico; lo fueron en su casi mayoría por escasos minutos -sin superar los diez minutos-y siempre dejándose constancia de que regresó a su domicilio”
En ese contexto, el fallo resaltó que la imputada “hizo saber que ello se debía a la necesidad de higienizar a sus hijos en la casa de su hermana, quien reside al lado de la propia”.
“Siendo así, y teniendo especial consideración de la particular situación de G., madre de seis niños -uno de ellos lactante-concluyo que corresponde reestablecer su prisión domiciliaria bajo monitoreo electrónico”, sostuvo el juez Carral.
La Casación concluyó que, “aún aceptando algunas situaciones de corte irregular, las circunstancias sociales en que se desenvuelve este núcleo familiar monoparental a cargo de J.G., impiden realizar una prognosis seria de fuga; única circunstancia atendible en este estado del proceso”.