20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Para este aumento tampoco corre el CVS

Hoy se publicó en el Boletín Oficial el decreto que establece un aumento para los trabajadores del sector privado. En el mismo se dispone que el incremento no será tenido en cuenta para la aplicación del Coeficiente de Variación Salarial (CVS), en los créditos excluidos del CER. TEXTO DEL DECRETO 2641/2002

 

La nueva norma fija, a partir del 1° de enero de 2003 y hasta el 28 de febrero de 2003, una asignación no remunerativa de carácter alimentario de ciento treinta pesos mensuales, y de ciento cincuenta pesos mensuales a partir del 1° de marzo de 2003 y hasta el 30 de junio de 2003, que será percibida por todos los trabajadores del sector privado que se encuentren comprendidos en los convenios colectivos de trabajo. Quedan excluidos los trabajadores agrarios, los del servicio doméstico y los del sector público.

El carácter "no remunerativo" del incremento se recalca en el artículo 6º del decreto, que dispone que: "Las asignaciones dispuestas en esta norma, en ningún caso podrán ser tomadas como índice o base para la determinación cuantitativa de ningún instituto legal, convencional o contractual, ni para el supuesto contemplado en el artículo 3° del Decreto N° 762/02".

Precisamente, este ultimo decreto citado excluye a ciertos créditos de la aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia, (CER) y, en su artículo 3º determina que, a partir del 1° de octubre de 2002, esos créditos excluidos "se actualizarán en función de la aplicación de un Coeficiente de Variación de Salarios (C.V.S.) que confeccionará y publicará el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, dependiente de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA."

De esta manera se repite lo prescripto por el artículo 6º del decreto 1273, norma por la que se dispuso a partir del 1° de julio de 2002, una asignación no remunerativa de carácter alimentario de cien pesos mensuales que sería percibida por todos los trabajadores del sector privado que se encuentren comprendidos en los convenios colectivos de trabajo, hasta el día 31 de diciembre de 2002. Como en aquella ocasión, la disposición del artículo 6º del flamante decreto 2641/2002 abarca un supuesto mucho más amplio que el caso del CVS: A los fines de cualquier base o índice que mida la evolución de los salarios, este nuevo aumento no es un aumento



dju / dju
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