20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Recurrirán ante la Corte Suprema

Revés para el cupo de género

El STJ porteño revocó la sentencia que condenó a la Legislatura porteña por no respetar el cupo de género previsto en la Constitución para la designación de integrantes de la Auditoría General.

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad y, en consecuencia, revocó la sentencia que condenó a la Legislatura porteña por no respetar el cupo femenino previsto en la Constitución para la designación de integrantes de la Auditoría General.

Se trata de un amparo presentado por las organizaciones Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Asociación por los Derechos Civiles (ADC), Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), Fundación Mujeres en Igualdad (MEI) y Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM) contra la Legislatura porteña.

Las organizaciones solicitaron que se declare la nulidad de la resolución 357/13 de la Legislatura local que designó a Juan Facundo Del Gaiso como auditor de la Auditor General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (AGCABA) ante la vacancia producida por la renuncia de Paula Oliveto Lago. También requirieron realizar una nueva designación que respete el cupo por razón de sexo previsto en el artículo 36 de la Constitución local y artículo 138 de la ley 70.

 

La sentencia de primera instancia había declarado la nulidad de dicha designación por violar el cupo femenino. También ordenó a la Legislatura que hiciera un pedido de disculpas públicas por el hecho y lo publicara en uno de los tres diarios de mayor tirada de la Ciudad, como medida de reparación al colectivo de mujeres.

 

En este sentido, la Constitución de la Ciudad establece que en la conformación de los organismos estatales colegiados - compuestos por tres o más miembros- debe asegurarse al menos un 30 por ciento de personas de cada género.

La sentencia de primera instancia había declarado la nulidad de tal designación por violar el cupo femenino. También ordenó a la Legislatura que hiciera un pedido de disculpas públicas por el hecho y lo publicara en uno de los tres diarios de mayor tirada de la Ciudad, como medida de reparación al colectivo de mujeres.

Luego, la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario declaró abstracto el objeto de la acción en lo relativo a la realización de una nueva designación y confirmó la resolución de primera instancia, la cual declaró la nulidad de la resolución 357/13 de la Legislatura y ordenó emitir y difundir disculpas públicas por no cumplir el cupo de género.

Por mayoría, los jueces Luis Francisco Lozano, Santiago Otamendi, Marcela De Langhe hicieron lugar al recurso de inconstitucionalidad presentado por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, y revocaron la sentencia en los autos “Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia y otros c/ Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires s/ amparo”.

Por su parte, las juezas Alicia Ruiz y Inés Weinberg rechazaron la postura de mayoría y se expresaron en el sentido de confirmar la decisión de la Cámara de Apelaciones.



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