En las últimas horas se filtró un video grabado por los internos de la cárcel de Olmos, en el que reclaman ser escuchados por las autoridades. Los internos de la Unidad 1 denunciaron falta de higiene dentro del penal y al mismo tiempo exigieron que “respeten sus derechos como seres humanos”.
Ante la expansión del COVID-19 en nuestro país, que llevó a las autoridades a declarar un aislamiento total y obligatorio en todos los ámbitos, y las medidas de seguridad e higiene recomendadas por el Ministerio de Salud, los internos de dicho penal relataron que “acá no nos dan alcohol en gel, no nos traen ni un jabón, no nos traen ni un papa, estamos todos abandonados. No tenemos ni un barbijo, ni un guante”.
Uno de los internos afirma en el video que existe un incumplimiento de la Constitución Nacional. Y agrega que “no queremos morir como personas olvidadas. Somos seres humanos. Acá todos estamos pagando por lo que hicimos, pero seguimos siendo sujetos de derechos”.
Por otro lado, el artículo 60 de la citada ley dictamina que “los establecimientos deberán disponer de suficientes y adecuadas instalaciones sanitarias y proveerán al interno de los elementos indispensables para su higiene”.
La grabación generó un gran revuelo en las redes sociales, y puso nuevamente sobre la mesa un debate sin fin: la calidad de vida de los internos dentro del penal. Recordamos que la Constitución Nacional establece que en su artículo 18 que “las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas”.
Por otro lado, la Ley de Ejecución de Pena Privativa de Libertad (24.660) sostiene que “el interno tiene derecho a la salud” y que deberá brindársele oportuna asistencia médica integral, no pudiendo ser interferida su accesibilidad a la consulta y a los tratamientos prescriptos” (art. 143).
Respecto al reclamo sobre la higiene, la Ley 24.660 también establece que “el régimen penitenciario deberá asegurar y promover el bienestar psicofísico de los internos”, y que para ello “se implementarán medidas de prevención, recuperación y rehabilitación de la salud y se atenderán especialmente las condiciones ambientales e higiénicas de los establecimientos” (art.57).
Por otro lado, el artículo 60 de la citada ley dictamina que “los establecimientos deberán disponer de suficientes y adecuadas instalaciones sanitarias y proveerán al interno de los elementos indispensables para su higiene”.
Con lo citado, en el caso se encontrarían incumplidas varias de las disposiciones de la normativa legal referentes a salvaguardar la integridad psicofísica y la salud de los privados de libertad.
Fuentes del Servicio Penitenciario Bonaerense (SMN), en tanto, señalaron que en medio de la situación compleja que se atraviesa en todo el país a causa de la pandemia, se está trabajando para dar respuesta a los reclamos de los internos.
Cabe recordar que la crisis por la pandemia del COVID-19 encendió una luz de alarma en las cárceles argentinas frente a un potencial brote intracarcelario. Por ello, el Procurador Penitenciario de la Nación, Francisco Mugnolo, recomendó la elaboración de un protocolo para la prevención del nuevo coronavirus.
Mugnolo solicitó a las autoridades penitenciarias tomar las medidas correspondientes de higiene y salubridad en las distintas dependencias de detención. Esta propuesta se suma a la reciente acordada de la Cámara Federal de Casación Penal.
En los últimos años la PPN viene advirtiendo el fuerte incremento de la población detenida y la crisis carcelaria que provoca, lo que deriva en una serie de "obstáculos para el acceso a derechos fundamentales y la profundización de las malas condiciones materiales en que se desarrolla la privación de la libertad". Cabe recordar que en abril del 2019 se declaró la Emergencia Carcelaria y se conformó un Comisión interinstitucional con el fin de mitigar las distintas problemáticas que se hallan en las prisiones federales.
Días atrás, la Cámara Federal de Casación Penal emitió la acordada 03/20 y señaló la preocupación sobre la situación de las personas privadas de libertad “debido a las particulares características de la propagación y contagio de la infección y las actuales de detención en el contexto de emergencia penitencia formalmente declara”.