28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024
AFIP deberá adecuar los sistemas informáticos

De mega a pyme

Un fallo autorizó a una empresa marítima a acogerse a los beneficios fiscales de la Ley de Emergencia, reservada hasta ahora para para pequeñas y medianas empresas.

En la causa "MARITIMA MARUBA SA c/ EN-AFIP-DGI s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA", el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 7 autorizó a una gran empresa a acogerse a los beneficios reservados para las pymes durante la emergencia sanitaria.

El titular del juzgado, Pablo Cayssials, admitió la cautelar interpuesta por la empresa y autorizó a la naviera más grande el país a acogerse al régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, de la Seguridad Social y Aduaneras, previsto en el artículo 8, de la Ley 27.541 ya que, caso contrario, no se estaría respetando el principio de igualdad ante la ley.

El fallo obliga a la AFIP-DGI a habilitar los sistemas informáticos de su página web y tomar todas las medidas que sean necesarias para que pueda incluir sus deudas y/o refinanciar los planes de pago vigentes, obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social, con todos los beneficios establecidos en el régimen de regularización mencionado. 

Para el juez, "pese a que el contexto económico del país afectó su situación económica, colocándola en un estado severo de crisis, no puede gozar de los beneficios del régimen de regularización por no cumplir con las condiciones para ser categorizada como PyME, en los términos de la Ley 24.467".

Al respecto, el magistrado agregó que "no puede dejar de confrontarse la irreversibilidad del daño que se pueda causar al interés privado con aquellos que puedan sufrir los intereses generales, a los fines de equilibrar provisionalmente tales intereses encontrados, dado que medidas como la aquí peticionada permiten enjuiciar la corrección del acto –o la omisión, como ocurre en los presentes actuados– antes de que su ejecución haga inútil el resultado del planteo".

Según figura en los registros, la actividad principal de la empresa es es el servicio pluvial de transporte de carga y remolque de carga en contenedores y cuenta con 700 empleados. 

El fallo obliga a la AFIP-DGI a habilitar los sistemas informáticos de su página web y tomar todas las medidas que sean necesarias para que pueda incluir sus deudas y/o refinanciar los planes de pago vigentes, obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social, con todos los beneficios establecidos en el régimen de regularización mencionado. 

 

 

 

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