20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Con el debido permiso

La Justicia autorizó a una persona con discapacidad intelectual a realizar su salida recreativa semanal por espacio de una hora con su hermano. En los paseos se deberán cumplir con todos los recaudos y pautas sanitarias para hacer frente a la situación de Covid-19.

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 81, a cargo de la jueza Samanta Claudia Biscardi, autorizó a una persona con discapacidad intelectual a realizar su salida recreativa semanal por espacio de una hora con su hermano.

La magistrada explicó que en las salidas deberán cumplirse todos los recaudos y pautas de seguridad. Todo ello en los autos “B.A. M. s/ Determinación de Capacidad”.

El hermano acudió a la Justicia y solicitó que se autorice a la mujer "realizar unna salida recreativa un día por semana, por espacio de una hora, para después regresar a la residencia donde vive, mientras se encuentre vigente el aislamiento social, preventivo y obligatorio" establecido por el Gobierno nacional.

Antes de la emergencia sanitaria como consecuencia del Covid-19, según consta en la causa, la mujer acostumbraba a realizar salidas e incluso pernoctaba en la casa de su hermano. Sin embargo, desde el 20 de marzo pasado, día en que comenzó la cuarentena, su hermano no pudo visitarla ni tampoco ella pudo salir de la residencia donde se encuentra.

En este contexto, la Defensoría de Menores e Incapaces N° 6 en lo Civil opinó a favor de autorizar a la mujer a "realizar su salida recreativa semanal, y en tanto ajuste razonable, se realice cuando sea estrictamente necesario según lo requiera la persona con discapacidad".

El dictamen recordó la reciente aprobación de la "Guía de recomendaciones para salidas de Personas con Discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de Trastorno del Espectro Autista en el ámbito de la Ciudad autónoma de Buenos Aires". De conformidad con la normativa vigente, dichas personas pueden realizar salidas breves a una distancia no mayor a los 500 metros de su domicilio.

 

Para las salidas, la persona con discapacidad y su acompañante no deberán presentar síntomas compatibles con coronavirus y se recomienda, según la guía, portar el documento de identidad y el Certificado Único de Discapacidad. También se podrá llevar una nota de recomendación del equipo tratante que indique la necesidad de realizar salidas breves y el apoyo requerido.

 

También establece que, si así lo requiriesen, y según los principios vigentes en materia de discapacidad, pueden ser acompañados por una única persona, ya sea familiar, conviviente, asistente personal, profesional del equipo tratante o cuidador domiciliario.

Para las salidas, la persona con discapacidad y su acompañante no deberán presentar síntomas compatibles con coronavirus y se recomienda, según la guía, portar el documento de identidad y el Certificado Único de Discapacidad. También podrá llevar una nota de recomendación del equipo tratante que indique la necesidad de realizar salidas breves y el apoyo requerido.

Asimismo, se deberá necesariamente respetar el distanciamiento social y, además, cumplir con el uso de tapabocas o de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón.


Aparecen en esta nota:
discapacidad salidas Civil Covid-19

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