La justicia rionegrina aumentó el valor de la indemnización de un hombre despedido porque la empresa le abonó una cifra menor a la establecida por ley y en ocho cuotas.
La Cámara Laboral de Cipolletti fijó una indemnización por $442.968 para un hombre que fue despedido y le abonaron una suma menor a la correspondiente y en cuotas.
El demandante tenía 20 años de antigüedad y según detalló en la demanda el motivo del despido fue por “falta de trabajo debido a la inexistencia de contrato en ejecución o próximos a ejecutarse”. Le ofrecieron una indemnización de $367.000 a pagar en ocho cuotas mediante cheques.
El hombre sostuvo que en ese momento aceptó porque su familia había sufrido las inundaciones en Comodoro Rivadavia y tenía que viajar con urgencia.
La causa fue tramitada de manera íntegramente virtual por la emergencia sanitaria y las partes ya fueron notificadas a los medios electrónicos consignados.
El Tribunal entendió fijó dicho valor como saldo por despido y recargo indemnizatorio previsto por el artículo segundo de la ley N° 25.323 sobre el importe indemnizatorio impago. Esa norma dispone el incremento del 50 % sobre las indemnizaciones por antigüedad, preaviso e integrativa por mes de despido si el empleador no abona las mismas en tiempo oportuno.
El trabajador despedido cobrará la indemnización a través del sistema de banca electrónica (e-Bank), que se utiliza en la provincia para realizar todos los pagos derivados de sentencias, como indemnizaciones, honorarios, impuestos y contribuciones.
Con esta herramienta se habilitan los pagos electrónicos a los justiciables (por ejemplo, el pago de indemnizaciones y multas); a los abogados, peritos y otros auxiliares por sus honorarios y a organismos que perciben aportes y/o impuestos, como la Caja Forense o la Agencia de Recaudación Tributaria provincial.
De esta manera, entre otros beneficios, se evita que la ciudadanía y operadores judiciales deban esperar por sus cheques en las mesas de entrada de los juzgados y luego hacer colas en las ventanillas bancarias. También se evita que tengan que viajar hasta la sede judicial a las personas que viven en otras localidades.
La causa fue tramitada de manera íntegramente virtual por la emergencia sanitaria y las partes ya fueron notificadas a los medios electrónicos consignados.