26 de Diciembre de 2024
Edición 7119 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/12/2024

Que el traslado tenga amparo

Los camaristas federales Pablo Daniel Bertuzzi y Leopoldo Oscar Bruglia interpusieron un amparo contra la resolución del Consejo de la Magistratura que declaró incompleto el procedimiento de traslado de ambos a la Cámara Federal, por no contar con acuerdo del Senado.

Pablo Daniel Bertuzzi y Leopoldo Oscar Bruglia presentaron un amparo contra la decisión del Consejo de la Magistratura de la Nación, mediante la cual se declaró incompleto el procedimiento de traslado por no contar con acuerdo del Senado.

Cabe recordar que, hace apenas una semana, el plenario del Cuerpo resolvió correr vista al Poder Ejecutivo sobre la situación y antecedentes de diez magistrados a quienes se los objetó por la falta de acuerdo de la Cámara Alta.

Fue el propio representante del Poder Ejecutivo, Gerónimo Ustarroz, quien cuestionó el procedimiento llevado adelante por la última gestión entre los años 2015 y 2018, que concluyó con los traslados de Zunilda Niremperger, Juan Manuel Iglesias, Leopoldo Bruglia, Eduardo Farah, Germán Castelli, Esteban Hansen, Pablo Bertuzzi, Federico Villena, Enrique Velázquez y María Verónica Skanata.

El consejero representante de dicho estamento consideró "necesario y oportuno" que el Consejo de la Magistratura "fije parámetros claros y precisos" sobre el instituto, con el propósito de “echar luz y conferir al Poder Ejecutivo de la Nación directrices certeras a partir de las cuales podrá examinar acabadamente el cumplimiento de los requisitos constitucionales”.

Consideró,además, que estos traslados han sido propiciados sin observar el requisito de “igual jurisdicción” o de igual “competencia”, y que el Poder Ejecutivo” ha omitido elevar las designaciones formuladas al Honorable Senado de la Nación”, por lo que “no se ha completado” el procedimiento Constitucional previsto en el artículo 99 inciso 4 de la Constitución Nacional conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema.

Ustarroz entendió así “pertinente reparar en los traslados de magistrados” y propuso comunicar al Ejecutivo los antecedentes vinculados a los traslados, lo que habilitaría el envío al Senado para su tratamiento.

En este contexto, los jueces Bruglia y Bertuzzi interpusieron una acción de amparo para que se declare la inconstitucionalidad y la nulidad de lo resuelto, argumentando la presunta “violación a las garantías constitucionales de legalidad, división de poderes e inamovilidad en el cargo del cual gozan los jueces”.

 

Afirmaron, asimismo, que el proceder el Consejo fue "manifiestamente ilegal, arbitrario y discriminario" y de "gravedad institucional". 

 

Los magistrados, quienes fueron trasladados en 2018 a la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, consideraron que el Cuerpo pretende "privarlos" de sus cargos por una "vía que resulta palmariamente contraria al mecanismo específicamente establecido por la Constitución Nacional para remover a jueces de sus cargos".

Afirmaron, asimismo, que el proceder el Consejo fue "manifiestamente ilegal, arbitrario y discriminatorio" y de "gravedad institucional". El expediente recayó en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°5.


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
El debate se postergó hasta la próxima semana
Los traslados sobre la mesa
Los magistrados anunciaron la judicialización
Pulgar abajo para los traslados

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486