A través de la Resolución SPL Nº 48/20 la Suprema Corte de Justicia dispuso preventiva y provisionalmente la retrogradación del servicio pleno de justicia en los Juzgados de Paz de General Alvear, 9 de Julio y 25 de Mayo, y en el Juzgado de Ejecución Penal Nº 2 con asiento en General Alvear (Departamento Judicial de Azul), a la situación de excepción reglada por Resoluciones SC Nº 386/20, 480/20, sus ampliatorias y modificatorias. De tal modo, hasta nueva resolución, dichos organismos deberán satisfacer las necesidades del servicio profundizando la utilización del trabajo remoto y el uso de las tecnologías de la información y comunicación disponibles, sin perjuicio de las medidas que el titular de cada organismo o dependencia disponga y crea convenientes dentro de las pautas aprobadas por la Suprema Corte de Justicia.