La Cámara Civil rechazó la sentencia del STJ porteño que se declaró competente al admitir una en un caso que fue resuelto por ese tribunal nacional. Voces en contra del traspaso y fuertes críticas del presidente del fuero.
La discusión por el traspaso de la justicia se reavivó nuevamente tras la decisión del Superior Tribunal de Justicia porteño que, por mayoría, dejó sin efecto una resolución de la Sala A de la Cámara de Apelaciones en lo Civil que denegó el recurso de inconstitucionalidad y, en consecuencia, se declaró competente en un caso tramitado ante la justicia nacional.
La decisión generó malestar y rechazo dentro del fuero Civil, ya que abrió una puerta a la transferencia de la justicia a la Ciudad de Buenos Aires. Las primeras críticas partieron de la propia Sala interviniente, donde los camaristas Sebastián Picasso y Ricardo Li Rosi reafirmaron su postura contra el traspaso.
En los autos “Ferrari, María Alicia y otro c/ Levinas, Gabriel Isaías s/ rendición de cuentas”, los vocales advirtieron que el Poder Judicial de la Nación “no se confunde ni equipara con el de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni tiene por cabeza a su Tribunal Superior de Justicia”, y afirmaron que el STJ porteño actuó “sin fundamento en norma alguna, creando por su sola voluntad un recurso que la ley no prevé, y contraviniendo lo que disponen expresamente el decreto-ley 1285/58, la ley 24.588, y el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación”.
Se trata de una disputa judicial entre los herederos del pintor León Ferrari y el periodista Gabriel Levinas por una serie de dibujos del reconocido artista plástico. En la causa, el demandado interpuso el recurso de queja ante el STJ porteño, que fue rechazado por la Cámara Civil, y luego acogido por el Tribunal de la Ciudad.
En el expediente, los jueces aseveraron que “coexisten en el territorio de la Ciudad dos órdenes de jurisdicción distintos, dependientes uno de ellos de la entidad local, y el otro”, y que "no es posible desbaratar el esquema que el legislador ha diseñado expresamente para el funcionamiento de la Justicia Nacional mediante consideraciones generales atinentes a la voluntad constitucional de consagrar la autonomía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
También rechazaron la posibilidad de crear un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad para cuestionar las decisiones de tribunales integrantes del Poder Judicial de la Nación, por considerar que “un cambio de semejante envergadura en el diseño institucional de la Justicia Nacional no puede ser decidido por los jueces –lo que implicaría exorbitar claramente su propia competencia– sino que es resorte exclusivo del Congreso”.
Para los jueces, “no existe norma alguna que habilite un recurso de 'queja' ante el Tribunal Superior local frente a las decisiones de las Cámaras Nacionales de Apelaciones”, y que es por ello que la decisión "crea preotorianamente un procedimiento – invadiendo el ámbito propio del Poder Legislativo– y desconoce –al mismo tiempo– la ley vigente”.
A las duras críticas se sumó el presidente de la Cámara Civil Nacional, Oscar Ameal, quien sostuvo que la decisión “es un despropósito”, y subrayó: “Parece que el derecho no existe, entonces cada cual hace lo que quiere”.
Y agregaron: “El intento de un tribunal que pertenece a otra jurisdicción de intervenir en el presente proceso no sólo implica inmiscuirse en decisiones propias del Congreso Nacional, sino que lesiona –al mismo tiempo– el derecho de defensa en juicio de las partes, al alterar el esquema diseñado por la ley que determina quiénes son los jueces naturales en las causas civiles que tramitan ante la Justicia Nacional”.
Los camaristas civiles resaltaron también que el hecho de que la Corte Suprema haya resuelto en el precedente “Bazán” sobre la competencia del STj para resolver conflictos de competencia en determinados casos, “no implica que esa corte haya declinado su rol de cabeza del Poder Judicial de la Nación”.
Por último, los sentenciantes explicaron que el propio demandado interpuso en el expediente principal un recurso extraordinario ante el Máximo Tribunal,que actualmente se encuentra en trámite. Y concluyeron: "Esto demuestra que el propio recurrente consintió aquel rechazo, y reconoció expresamente que el superior tribunal de esta causa es esta Sala, y no el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad”.
Más voces en contra
A las duras críticas se sumó el presidente de la Cámara Civil Nacional, Oscar Ameal, quien sostuvo que la decisión “es un despropósito”, y subrayó: “Parece que el derecho no existe, entonces cada cual hace lo que quiere”.
En diálogo con el programa radial Gente de Derecho, el juez se mostró sorprendido y no descartó que el tema sea tratado durante del pleno. “Esto afecta la seguridad jurídica", añadió.
En esta misma línea, la "Lista Celeste" de la Asociación de Magistrados expresó su “estupor” y calificó de “inadmisible” que un tribunal de otra jurisdicción “se considere habilitado para revisar una sentencia de la Justicia Nacional, excediendo claramente su competencia, cuando ninguna ley así lo autoriza”.
La agrupación liderada por el actual presidente del Consejo de la Magistratura de la Nación, Alberto Lugones, manifestó que el fallo “desconoce las directivas de la Constitución, de la Ley 24.588 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, y de otras normas vinculadas a la organización de la Justicia Nacional”.