20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Freno a los desmontes

La Justicia del Chaco suspendió los desmontes en la provincia. Se trata de la región con más pérdida de bosques nativos entre 2016 y 2019, con 130.177 hectáreas deforestadas.

En una medida cautelar innovativa, la Sala Primera de la Cámara en lo Contencioso Administrativo ordenó a la Subsecretaría de Desarrollo Forestal, Subsecretaría de Recursos Naturales y al Ministerio de Producción, Industria y Empleo de la Provincia frenar la actividad forestal en la provincia del Chaco.

El fallo ordena, entre otras cuestiones, la "inmediata suspensión de todo permiso y/o autorización de aprovechamiento y/o cambios de uso de suelo -desmonte, etc.- (…) en cualquier estado de ejecución en que se encuentre, desde el mes de diciembre del año 2014 y hasta el presente". También dispone la inmediata suspensión de todo procedimiento, permisos y recategorizaciones.

Se trata de una causa impulsada por Asociación Conciencia Solidaria al Cuidado del Medio Ambiente, el Equilibrio Ecológico y los Derechos Humanos Asociación Civil, quienes advirtieron una “verdadera destrucción del bosque nativo en el territorio provincial”.

“Implica, no solo una perdida en términos absolutos de recursos naturales, sino una concreta afectación de los servicios ambientales que el bosque presta y que son fundamentales para la vida misma, a las condiciones vitales del presente y de las futuras generaciones”, esgrimió la ONG en su presentación judicial.

La asociación civil recordó que la ley nacional de Presupuestos Mínimos de los Bosques Nativos y su decreto reglamentario, establecen la obligación de las jurisdiccional locales de sancionar sus respectivos ordenamientos territoriales, como el modo en que debía diseñarse la tutela, protección y condiciones de hacer vinculados al mismo.

La normativa también establece la prohibición de toda acción de desmonte hasta tanto se sancione el Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo (OTBN) local; mientras que el decreto 91/09 obliga a las jurisdicciones provinciales a actualizar sus respectivos ordenamientos cada cinco años desde la sanción del instrumento legal. Correspondía ingresar al proceso de actualización en 2014, pero esto no sucedió, aunque la provincia continuó autorizando desmontes.

En este contexto, la Cámara en lo Contencioso Administrativo destacó el peligro en la demora que “surge de la necesidad de prevenir y evitar el daño ambiental colectivo, y que se agrave su degradación en la Provincia del Chaco”.

Los jueces manifestaron que “resulta verosímil el vencimiento del plazo de vigencia del OTBN de la Provincia del Chaco y la falta de cumplimiento de parte del Poder Ejecutivo del deber de actualizar anualmente las áreas afectadas a las tres categorías de los bosques nativos”.

 

“Resulta con suficiente evidencia, aun en esta instancia cautelar del proceso, que puede haber una afectación de los ecosistemas forestales y del medio que los rodea -suelo, subsuelo, atmósfera, clima, recursos hídricos-, comprometiéndose seriamente su funcionamiento y sustentabilidad, y condicionándose severamente las servicios ambientales que presta para las generaciones presentes y futuras”, añadió el fallo.

 

Advirtieron así la necesidad del mapeo y actualización del OTBN, porque “toda conducta antrópica sobre los bosques nativos sin un análisis de su estado de conservación actual, su potencial forestal y el estado de conservación de cuencas, omitiéndose la debida participación de las comunidades indígenas y campesinas de las áreas afectadas, merece una solución preventiva y precautoria ante el desconocimiento de sus efectos mediatos y futuros”, según el tribunal.

“Resulta con suficiente evidencia, aun en esta instancia cautelar del proceso, que puede haber una afectación de los ecosistemas forestales y del medio que los rodea -suelo, subsuelo, atmósfera, clima, recursos hídricos-, comprometiéndose seriamente su funcionamiento y sustentabilidad, y condicionándose severamente las servicios ambientales que presta para las generaciones presentes y futuras”, añadió el fallo.

Para los vocales, “ante los desmontes autorizados, no autorizados, incendios forestales de público conocimiento, y los efectos acumulativos de todos ellos, se desconoce desde hace diez años el estado y mantenimiento de las coberturas de bosques nativos, en cada una de las áreas roja, amarilla y verde”.

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Niveles nocivos para la salud de vecinos, flora y fauna
Un alto a la contaminación
2,6 millones de pesos de condena
Reparar un mega daño

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486