La Cámara Civil de la provincia de Río Negro condenó a una unión transitoria de empresas y la firma estatal Arsat a indemnizar a una mujer con $2.654.360 por el daño ambiental que sufrieron sus campos.
La demandante relató que mientras las empresas hacían las obras para extender la red de fibra óptica en la zona del Alto Valle destruyeron todo el alambrado de sus campos, ubicados entre las localidades de Sargento Vidal y Colonia Catriel. Asimismo, sufrió consecuencias en el sistema hídrico.
La sentencia confirmó que Arsat S.A incurrió en una omisión al no controlar la ejecución de la obra le acarrea responsabilidad por las consecuencias derivadas de su ejecución.
Agregó que las demandadas comenzaron a desmontar el terreno de manera innecesaria; efectuando movimientos de suelo que afectaron seriamente el alambrado e hicieron una zanja lindera a toda la extensión del campo en la cual enterraban un largo cable de fibra óptica de tres secciones o cuerpos para transmitir señales de teléfono, televisión e internet.
Para resolver, los miembros del Tribunal tuvieron en cuenta los dictámenes de los peritos que constataron los daños en el alambrado y el daño ambiental, incorporando también al expediente la pericia de un ingeniero agrónomo.
Las pericias determinaron que el principal impacto ambiental en la instalación de la fibra óptica (realizado con maquinaria pesada) fue la construcción de un camino longitudinal a lo largo del alambrado que hace en épocas de lluvia de avenida de drenaje la cual fue y es utilizada por el agua de lluvia para su encauzamiento. Ello aumenta considerablemente la erosión hídrica.
La sentencia confirmó que Arsat S.A incurrió en una omisión al no controlar la ejecución de la obra le acarrea responsabilidad por las consecuencias derivadas de su ejecución.
La obra para la instalación de fibra óptica destinada a la “Red Federal Fibra Óptica” para la región Centro Oeste se adjudicó en una licitación pública a la UTE conformada por las empresas Constructora G&G S.A. y Tel 3 S.A.