La Corte Suprema exigió al gobierno de Formosa que explique la cantidad precisa de pedidos de ingreso de personas al territorio provincial y rinda cuentas sobre la situación de los varados en los límites de su territorio. Fue en el marco de dos habeas corpus, donde se denunció el fallecimiento de un joven en el Rio Bermejo.
En el acuerdo de este jueves, la Corte Suprema de Justicia de la Nación requirió a la provincia de Formosa una serie de informes respecto de la situación de las personas que se encuentran impedidas de ingresar a la provincia.
Lo hizo en el marco de dos habeas corpus colectivos “Lee, Carlos Roberto y otro c/ Consejo de Atención Integral de la Emergencia Covid-19 Provincia de Formosa s/ amparo – amparo colectivo” y “Petcoff Naidenoff, Luis Carlos c/ Formosa, Provincia de s/ amparo – habeas corpus”, sin pronunciarse aún sobre la competencia originaria del tribunal.
El primero de los expedientes se inició con la presentación de dos abogados que denunciaron que el gobierno provincial, de forma discrecional, cercena el derecho de los formoseños a ingresar a su territorio, con fundamento en el Programa de Ingreso Ordenado y Administrado de Personas a la Provincia de Formosa.
la decisión de la Corte se adoptó luego de que el actor denunciara como hecho gravísimo el fallecimiento de Mauro Rubén Ledesma quién, después de haber “solicitado en varias oportunidades la habilitación para ingresar a la provincia” y ante la negativa a tal solicitud, habría optado por ingresar a nado a través del río Bermejo, “ocasión en la que murió por ahogamiento”.
Los letrados pusieron de resalto el caso de veintiséis personas que quedaron varadas por más de 30 días a la vera de la ruta en la localidad de Puerto Eva Perón (Provincia del Chaco) a la espera de una respuesta por parte de la Provincia de Formosa o del Consejo de Atención Integral de la Emergencia Covid-19, sin poder retornar a sus propios domicilios.
El juez federal de Formosa, en primer término, solicitó un informe a la provincia, que indicó que en el marco del Programa de Ingreso Ordenado y Administrado a su territorio de personas con intenciones de permanecer en él, toda persona con intenciones de ingresar a la provincia para permanecer en ella, debe realizar una cuarentena preventiva y obligatoria en Centros de Alojamiento Preventivo. Tras ello, se declaró incompetente y remitió la causa a la Corte.
Sin perjuicio de que Formosa informó luego que autorizó el ingreso de los amparistas, los supremos Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti solicitaron que el gobierno de Gildo Insfran informe la cantidad precisa de pedidos de ingreso de personas a su territorio desde la vigencia del Programa y cuántos otros se encuentran actualmente pendientes de autorización
Por su parte, en la causa “Naidenoff”, la decisión de la Corte se adoptó luego de que el actor denunciara como hecho gravísimo el fallecimiento de Mauro Rubén Ledesma quién, después de haber “solicitado en varias oportunidades la habilitación para ingresar a la provincia” y ante la negativa a tal solicitud, habría optado por ingresar a nado a través del río Bermejo, “ocasión en la que murió por ahogamiento”.
En ese marco, la Corte pidió que Formosa precise cuáles son las medidas adoptadas por el Consejo de Atención Integral de Emergencia Covid-19 o por cualquier otra autoridad provincial, en relación con los hechos denunciados “y, en particular, en lo que concierne a las personas que se encontrarían varadas en las cercanías de los límites provinciales a la espera de poder ingresar al territorio formoseño”.