20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
La discusión central

El Código Penal en el foco

La Cámara Baja comenzó a discutir el proyecto de interrupción legal del embarazo y sus puntos más controversiales giraron en torno a las modificaciones al Código Penal. Diario Judicial repasa los cambios que conlleva la ley y las diferentes posturas de los legisladores. 

Por:
Cindy
Monzón
Por:
Cindy
Monzón

La Cámara Baja comenzó el debate del proyecto de ley que busca “regular el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres y de personas con otras identidades de género con capacidad de gestar y a fin de contribuir a la reducción de la morbilidad y mortalidad prevenible”.

El texto fue elaborado por la secretaria de Legal y Técnica de la Presidencia, Vilma Ibarra, en conjunto con un equipo interdisciplinario de especialistas de los ministerios de Salud y de Mujeres, Géneros y Diversidades, y presenta algunas diferencias con el presentado por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto, que fue debatido y finalmente rechazado por el Senado en 2018.

Entre otras, el proyecto modifica varios artículos del Código Penal, ya que busca despenalizar y legalizar la Interrupción Voluntaria del Embarazo y terminar con la penalidad que actualmente recae en las personas que deciden abortar por fuera de los supuestos contemplados en la ley: violación y peligro de vida.

El proyecto modifica el artículo 86 del CP y queda redactado de la siguiente manera: “No es delito el aborto realizado con consentimiento de la persona gestante hasta la semana CATORCE (14) inclusive del proceso gestacional. Fuera del plazo establecido en el párrafo anterior, no será punible el aborto practicado con el consentimiento de la persona gestante: 1º) Si el embarazo fuere producto de una violación. En este caso, se debe garantizar la práctica con el requerimiento y la declaración jurada de la persona gestante ante el o la profesional o personal de salud interviniente. En los casos de niñas menores de TRECE (13) años de edad, la declaración jurada no será requerida. 2º) Si estuviera en riesgo la vida o la salud integral de la persona gestante”.

Lo mismo sucede con el artículo 88, el cuál  establecerá que “será reprimida con prisión de TRES (3) meses a UN (1) año, la persona gestante que, luego de la semana CATORCE (14) de gestación y siempre que no mediaren los supuestos previstos en el artículo 86, causare su propio aborto o consintiera que otro se lo causare. Podrá eximirse la pena cuando las circunstancias hicieren excusable la conducta. La tentativa de la persona gestante no es punible”.

Por otra parte, el artículo 85 penará con prisión de tres a diez años, "si obrare sin consentimiento de la persona gestante". Esta pena podrá elevarse hasta 15 años si el hecho fuere seguido de la muerte de la persona gestante. Asimismo, se castigará con prisión de tres meses a un año, si obrare con consentimiento de la persona gestante, luego de la semana 14 de gestación y siempre que no mediaren los supuestos previstos en el artículo 86.

Dicho punto fue particularmente discutido y resistido por algunos sectores que pretendían elimitar toda penalización a las personas que decidan realizarse un aborto.

También se incorporará el artículo 85 bis para penalizar al establecimiento de salud, profesional, efector o personal de salud que dilate injustificadamente, obstaculice o se niegue a realizar la práctica en los casos legalmente autorizados.

Sobre todas estas cuestiones habló Carolina Gaillard, presidenta de la Comisión de Legislación Penal, quién señaló que con esta ley se establecerá “sistema mixto con causales” y “se adecuan algunos términos del Código Penal y lo que se hace es legalizar la IVE en las primeras 14 semanas sin pena”.

“El proyecto busca un Estado presente, ese Estado que estuvo ausente durante todos estos años y que es responsable de todas las muertes provocadas por aborto clandestino”, agregó la diputada y afirmó que “no hay riesgo constitucional o convencional si aprobamos esta ley”, porque “estamos obligados por los tratados internacionales a garantizar la salud integral de la mujer”.

 

 

 

 


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