20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024
Es “recomendable” la utilización de las plataformas digitales

Jueces amigos de las redes

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba añadió una regla específica sobre el uso de las redes sociales en el Código de Ética para Magistrados y funcionarios. El Cuerpo propició una regla: lo que se publica en las redes también debería ser publicable en el mundo interpersonal.

A través del Acuerdo Reglamentario n.° 1670, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) incorporó al Código de Ética para Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de Córdoba una regla específica acerca de la utilización de las plataformas sociales.

“En ningún supuesto los jueces en las redes sociales, están liberados de un comportamiento diferente al que tienen impuesto en la vida no virtual” afirma el texto.

Entre los ítems brindados, se deja establecido que “el derecho a la libertad de expresión que gozan los jueces, como cualquier otro ciudadano, se encuentra limitado o afectado”; y que “los magistrados y funcionarios pueden hacer uso de redes sociales, incluso es recomendable la utilización de aquellas que les posibiliten socializar con ciertos ámbitos de información general o específica, tales como las académicas, que contribuyan a la formación y actualización de los mismos en áreas de conocimiento diverso”.

La normativa también establece que “no resulta aconsejable la utilización de seudónimo”, y que el registro e identificación en las mismas deberá serlo con su verdadera identidad; quedando a su criterio la mención de su cargo o función, de acuerdo a la utilidad de dicho uso; en cuyo caso se deberán extremar aún más la prudencia y cuidado de las acciones en ella.

 

La norma propone que las personas que integran la magistratura se pregunten, antes de hacer alguna manifestación pública, “si todo aquello que dice, escribe y publica en las redes sociales también lo podría hacer en el mundo interpersonal”.

 

La nueva regla subraya que jueces y funcionarios deberán tener presente que siempre recae sobre ellos “un plus de observación de sus conductas” y agrega que “las defecciones al decoro y la integridad del juez, cuando resultan generadas en el espacio de las redes sociales, se transfieren negativamente a la totalidad del Poder Judicial, siendo más severo el impacto en el ámbito virtual, que en el ámbito no virtual”.

En tal sentido, la norma propone que las personas que integran la magistratura se pregunten, antes de hacer alguna manifestación pública, “si todo aquello que dice, escribe y publica en las redes sociales también lo podría hacer en el mundo interpersonal”.

“Si el examen pasa el mencionado ‘test de razonabilidad ético-judicial’, muy posiblemente no le genere afectación alguna la socialización en las redes al magistrado; por el contrario si dicho test no es pasado exitosamente, sin duda que hay algún aspecto que se debe revisar debidamente”, agrega la resolución.

El documento, asimismo, desaconseja la utilización de seudónimo y sugiere que las personas que integran la magistratura se registren “con su verdadera identidad”.

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