El STJ del Chaco confirmó una condena contra la provincia en una causa por los daños que sufrió un adolescente quien recibió un balazo en el tórax con el arma reglamentaria de la madre de un amigo.
La Sala Primera Civil, Comercial y Laboral del Superior Tribunal de Justicia del Chaco confirmó una condena contra el Estado provincial por los daños que sufrió un adolescente al recibir un disparo en el tórax con el arma reglamentaria de la madre de un amigo.
La madre del menor, por sí y en representación de su hijo, promovió demanda de daños y perjuicios contra la agente y la Provincia del Chaco por las graves lesiones que sufrió el adolescente cuando el hijo de la accionada le disparó en el tórax con el arma reglamentaria.
Los dos adolescentes, compañeros del colegio, se encontraban en la casa de la demandada y, en determinado momento, el hijo de agente fue a planta alta, regresando con una pistola. Después de apuntarle en la cabeza, nuca y en la espalda, le disparó a su amigo en el tórax, produciéndole graves lesiones.
El Estado provincial, por su parte, contestó la pretensión deducida, alegando que "no resultaba procedente responsabilizar al principal por el hecho del dependiente con la sola invocación de que el daño fue producido por un agente de la fuerza policial".
La causa llegó al Máximo Tribunal chaqueño en los autos “G., G. M. y M. G., G. D. C/ P., L. E. Y/O Provincia Del Chaco S/ Daños y Perjuicios y Daño Moral”. Allí, los jueces desestimaron el recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto por la parte actora y, en consecuencia, confirmaron la condena.
A su vez, la co-demandada atribuyó la causación del evento al propio damnificado, que “no tuvo los mínimos cuidados ni advirtió el peligro que suponía ponerse a jugar con el arma de fuego”.
En primera instancia se hizo lugar al reclamo indemnizatorio. La demandante y la Provincia del Chaco apelaron tal decisorio. Luego, la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Resistencia modificó la sentencia de primer grado y elevó el monto del capital condenado.
La causa llegó al Máximo Tribunal chaqueño en los autos “G., G. M. y M. G., G. D. c/ P., L. E. y/o Provincia del Chaco S/ Daños y Perjuicios y Daño Moral”. Allí, los jueces desestimaron el recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto por la parte actora y, en consecuencia, confirmaron la condena.