Se presentó en Diputados un proyecto de ley para que víctimas de abuso sexual intrafamiliar y personas travestis, transexuales y transgéneros puedan realizar el cambio de apellido, de manera más rápida, y sin intervención judicial.
Se presentó en la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de ley para modificar el artículo 69 del Código Civil y Comercial de la Nación, ampliando la aplicación del justo motivo, para que acelerar el proceso de cambio de apellido sin necesidad de un trámite judicial.
La iniciativa, elaborada por la diputada Jimena López en conjunto con la Asociación Argentina de Varones Trans, contempla que las personas víctimas de abuso sexual intrafamiliar y las personas travestis, transexuales y transgéneros en entornos familiares hostiles puedan realizar la modificación o supresión del/los apellido/s filiales en un trámite administrativo.
En los fundamentos de la iniciativa se lee que “la norma contenida en el artículo 69 del Código Civil y Comercial aborda la cuestión estableciendo las excepciones para los cambios de apellido, y en este orden atribuye al juez la potestad de otorgar la autorización con apego al estándar de ‘justo motivo'”.
Al respecto, López señaló que "el nombre y apellido constituye un derecho personal que configura un atributo de la persona”, motivo por el cuál "es importante resaltar que un alto porcentaje de personas travestis, transexuales y transgéneros sufren expulsión de sus hogares en diferentes etapas de sus vidas, y es por esta razón que el vínculo filial queda nulo, o que en otros casos generan violencias irreparables”.
“Es necesario contemplar las particularidades y obstáculos que persisten en el acceso a la justicia y a los derechos por parte de las personas travestis, transexuales y transgéneros, quienes han sido víctimas de delitos contra la integridad sexual por parte de sus progenitores y/o parientes cercanos en muchos casos que portan ese mismo apellido”, remarcó.
Finalmente, el texto hizo hincapié en el alto número de solicitudes "en todo el territorio argentino de personas que desean poder acceder a la modificación de sus apellidos por carecer de vínculos con sus familias, por el daño perpetrado por las mismas”.