20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Pautas colectivas

La Corte bonaerense publicó el "Protocolo de trabajo y pautas de uso del módulo informático para el sorteo de causas jurisdiccionales y de gobierno en órganos colegiados", realizado con la información recabada de la convocatoria pública realizada a funcionarios. 

A través del Acuerdo Nº 4017, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires dispuso publicó un texto ordenado del "Protocolo de trabajo y pautas de uso del módulo informático para el sorteo de causas jurisdiccionales y de gobierno en órganos colegiados".

Desde la SCBA explicaron que "el mismo se sustenta en las respuestas, observaciones y sugerencias recibidas a partir de la convocatoria pública oportunamente realizada para que magistrados y funcionarios de dichos órganos pudieran formular los aportes que estimaran conducentes al perfeccionamiento del protocolo, a los fines de su implementación".

Entre sus artículos, el protocolo dispone "ampliar la nómina de categorías y subcategorías estipuladas para las Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial y de Apelación y Garantías en lo Penal.

En cuanto a los sorteos, el texto sostiene que los datos sobre los mismos, incluido la fecha, orden de estudio y circulación, "constarán y serán accesibles a través del sistema de gestión y de la Mesa de Entradas Virtual". Con dicho registro electrónico, impreso (si se lo requiere) y a disposición de los interesados en el ámbito del organismo se tendrá por cumplido el recaudo de libro previsto en las normativas específicas.

Cuando algún tribunal deba integrarse con magistrados de otro órgano jurisdiccional o en su caso conjueces, "deberá observarse el procedimiento previsto en cada caso y efectuar el sorteo entre todos los magistrados habilitados a tal fin que figuren en el sistema".

Para ello, la Secretaría de Personal de la Suprema Corte mantendrá actualizada la información de revista de los mismos. "Cuando el juez sorteado se encuentre gozando de una licencia o permiso prolongado, el actuario deberá analizar en cada caso la conveniencia de su remisión o resorteo. Para ello valorará la naturaleza y urgencia del caso", remarcaron.

También se acordó que la Subsecretaría de Tecnología Informática elaborará un informe trimestral de la utilización del módulo por cada tribunal, a fin de constatar el nivel de automaticidad, las razones a las cuales obedecen los posibles errores, la observancia de la oportunidad del sorteo o integración, los datos consignados, su publicidad y los problemas operativos que pudieran existir en su funcionamiento.

Ese reporte será remitido a la Secretaría de Planificación, quien dictaminará sobre el mismo y adoptará las medidas pertinentes en el ámbito de su competencia a fin de corregir las disfuncionalidades reportadas.

 

 

 

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