22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024
El fallo fue traducido al idioma de la comunidad

Respetar la voluntad

La Justicia de Salta ordenó respetar la voluntad de un niño wichí y sus progenitores de no someterse a una neurocirugía. El tratamiento médico como el no sometimiento a la intervención "tienen posibles consecuencias similares de extrema gravedad”.

El Juzgado de Familia de la localidad de Orán, a cargo de la jueza Ana María Carriquiry, ordenó respetar la voluntad del niño de la comunidad wichí y sus progenitores de no someterse a una operación riesgosa.

Se trata de una medida autosatisfactiva impulsada por el Ministerio Público Pupilar para garantizar el acceso a la información y al consentimiento informado en representación del niño, de 8 años, y de ambos progenitores, a fin de que se ordenen y aseguren las medidas suficientes y adecuadas para “garantizar el acceso a recibir la información médica adecuada para otorgar o no su consentimiento informado” y para “garantizar los derechos a la salud y a la vida” del menor.

El niño fue diagnosticado con una hemorragia intracerebral. Tras varios estudios, se propuso como tratamiento la embolización de la malformación y posteriormente su cirugía. Mientras esperaban la llegada del material para el tratamiento y ante la mejoría del foco neurológico, el progenitor solicitó el alta voluntaria por cuatro días, con la premisa de volver al hospital con el paciente para completar el tratamiento, pero posteriormente rechazó el tratamiento debido a los riesgos del mismo, incluida la posibilidad de muerte.

Según consta en la causa, los profesionales médicos explicaron que, como toda cirugía, no está exenta de riesgos, pero si se deja actuar la enfermedad “existe un riesgo en el 3% de sangrado posterior, que va aumentando año a año”. Con la operación puede perder la vista y producirle otras secuelas.

La magistrada ordenó se lleve a cabo audiencia con el equipo médico, el niño, los progenitores y un intérprete wichí. Los padres alegaron que “tienen otra cosmovisión, otros medicamentos, otras formas de curar con medicina natural, por lo que se oponen al tratamiento propuesto”; mientras que el menor manifestó que “no quiere que lo operen”.

En este escenario, la jueza sostuvo que las partes “han sido acabadamente informadas de todas las implicancias del estado de salud del niño, se ha logrado su completa comprensión y se ha dejado constancia de la expresa negativa de los progenitores y del niño”.

 

 El fallo incluyó una carta dirigida al niño en lenguaje simple con la decisión adoptada y, además, ordenó su traducción al wichí, como modo de “asegurar el acceso a la justicia de las personas pertenecientes a la comunidad

 

“No es ajeno a la Suscripta la circunstancia de que el niño L. V. y sus progenitores pertenecen a la comunidad wichí y que por dicha pertenencia, resultan sujetos que requieren especial atención y ajustes razonables para la efectividad de sus derechos respetando su identidad cultural y el interés superior del niño”, advirtió.

La setenciante señaló, en este sentido, que el niño “va a la escuela, habla perfectamente, juega con sus amigos” y que “conoce el diagnóstico, conoce las secuelas, pero prefiere, él y su familia, no operarse”. El fallo incluyó una carta dirigida al niño en lenguaje simple con la decisión adoptada y, además, ordenó su traducción al wichí, como modo de “asegurar el acceso a la justicia de las personas pertenecientes a la comunidad”. “El contar con una sentencia en su propia lengua, tendrá sin dudas, un valor simbólico para ellos y su comunidad”, añadió.

“No es una decisión fácil respetar dicha voluntad, pero es la que resulta más respetuosa de su dignidad, del derecho a decidir, frente a las graves consecuencias que podría aparejar la intervención quirúrgica”, añadió y concluyó: “Habiendo analizado el consentimiento informado, la pertenencia a la comunidad wichí y habiendo valorado el precedente Bahamodez, corresponde respetar la voluntad del niño y sus progenitores, toda vez que el tratamiento que se prescribe como el no sometimiento a la intervención tienen posibles consecuencias similares de extrema gravedad”.



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