A través de la Resolución SC Nº 922/21 la Suprema Corte de Justicia dispuso que a partir del 28 de junio del corriente año se habilitará una primera etapa de comunicaciones electrónicas con la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), en la que los organismos jurisdiccionales de la Administración de Justicia provincial de los Partidos que integran los Departamentos Judiciales detallados en el Anexo Único que forma parte de la presente, así como, en su caso, los órganos de gobierno de la Suprema Corte y los Registros Públicos, deberán librar indefectiblemente los oficios a aquel organismo, en el marco de una causa judicial y/o administrativa ya iniciada, en formato digital, a través del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas. A su vez, mediante la Resolución SC Nº 923 /21, el Tribunal estableció que desde esa misma fecha todos los organismos jurisdiccionales que integran la Administración de Justicia, así como las áreas de gobierno de esta Suprema Corte y los Registros Públicos, libren los oficios a la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE), en el marco de una causa judicial y/o administrativa ya iniciada, en formato digital, a través del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas.