La justicia rechazó el planteo de una mujer que volvió de Miami con Covid-19 y fue aislada en un hotel por 14 días. El fallo destacó que la medida fue dispuesta por el Gbierno y el traslado a su domicilio contribuiría a la propagación de nuevas cepas en el país.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión de grado que rechazó el planteo de una mujer que regresó al país de Estados Unidos, dio positivo de Covid en Ezeiza y se ordenó su aislamiento en un hotel para que realice la cuarentena obligatoria.
Por medio de su abogado, la accionante expresó que el positivo "seguramente había sido por la vacuna que me di en Miami. Llegué hoy al mediodía, no tengo síntomas por el momento. Estoy ansiosa, no veo a mi hija hace un montón, yo tengo una casa grande, puedo estar ahí aislada, lo que menos quiero es exponer a mi hija, pero al menos quiero que me vea a la distancia, por la ventana, que sepa que volví".
Los camaristas destacaron que "nos encontramos en presencia de promedios diarios de infectados que rondan los 30.000 casos y los 600 fallecidos por día, con lo cual queda más que en evidencia que la proporcionalidad y razonabilidad de la medida cuestionada supera cualquier juicio de logicidad".
La Sala integrada por Ignacio Rodríguez Varela y Hernán López consideró que el planteo de la accionante "debe ser analizado en el marco de las normas que el Poder Ejecutivo Nacional ha sancionado con el fin de proteger la salud pública y evitar la propagación del virus COVID-19".
En ese marco, "el traslado que pretende podría acarrear la propagación de nuevas cepas de la enfermedad aún desconocidas que pongan en mayor riesgo a su propio grupo familiar, al personal médico y sanitario involucrado en el traslado y a la sociedad en general, máxime cuando se constató que ya padece la infección", explicaron los jueces.
Además, "estamos en presencia no ya de un particular que intenta circular sin limitaciones de ninguna especie, sino de una persona que proviene del exterior contagiada de COVID y con una cepa infecciosa que aún no ha podido ser determinada".
Por último, los magistrados resaltaron que la mujer "no se ha agraviado por una limitación concreta a su libertad ambulatoria sino que, al menos por el momento, ha manifestado su disconformidad con la medida de aislamiento que actualmente estaría cumpliendo".