Ministros de la Corte de Catamarca impulsan la modificación de la Ley de Mediaciones. Pretenden modernizar la normativa para erradicar situaciones de encuentros entre las víctimas y agresores en casos de violencia de género y familiar.
El 25/06/2015, el Poder Legislativo de la Provincia de Catamarca sancionó la Ley de Mediación en el ámbito judicial en los fueros civil, comercial y de familia y de mediación penal, para la Provincia de Catamarca (LEY Nº 5444). Actualmente, si bien se encuentra vigente, en materia penal aún no se ha implementado.
En ese sentido, la Ley de Mediación procede en hechos delictivos que prevean una escala penal máxima de 6 años de prisión en abstracto; causas originadas en delitos dependientes de instancia privada previstos en el Artículo 72 inc. 2) y 3) del C.P.; y causas cuyo conflicto sea de contenido patrimonial, delitos cometidos sin violencia física o intimidación sobre las personas; delitos culposos en general; como así, en aquellos delitos que prevean pena de inhabilitación o multa.
Otra de las modificaciones que se pretenden es aggiornar la ley a los casos de violencia de género y familiar:
Sin embargo, tiene algunos puntos que han sido critiados. Por ejemplo, la ley 26.485 en su artículo 28 prohíbe la mediación o conciliación en los procesos en los que la violencia de género es investigada. Actualmente, y teniendo en cuenta que la medición es obligatoria, se revictimiza a las víctimas de violencia familiar o de género al iniciar el proceso de mediación con la persona sindicada como violenta.
Por tal motivo, Ministros de la Corte de Catamarca presentaron un anteproyecto para modificar algunas cuestiones de la Ley de Mediación. Uno de los ítems a modificar es el referente a la espera para concebir una audiencia: las partes podían esperar hasta tres meses por una audiencia que, en casos urgentes, como lo es fijar una cuota alimentaria, "no puede seguir sucediendo".
Otra de las modificaciones que se pretenden es aggiornar la ley a los casos de violencia de género y familiar: el anteproyecto propone que la etapa previa de mediación, en el marco de la ley 5444 y en las situaciones referenciadas, debe ser optativa para quien fuera víctima de violencia familiar o de género.