02 de Diciembre de 2024
Edición 7103 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/12/2024
Libertad de expresión

Mejor hablar de ciertas cosas

La justicia civil rechazó una demanda presentada por Cristina Fernández de Kirchner contra Eduardo Feinman por opiniones del periodista en referencia a causas judiciales que la involucraban. "El excesivo rigor y la intolerancia llevarían a la autocensura lo que privaría a la ciudadanía de información imprescindible para tomar decisiones sobre sus representantes", expresa la sentencia.

 

En el año 2016, en una edición de Animales Sueltos, programa conducido por Alejandro Fantino en América TV, el periodista Eduardo Feinmann vertió duras declaraciones hacia la ex presidenta: se refirió a ella como “coimera”, su deseo personal de verla presa a ella “como cualquier delincuente común, porque lo es, su hijo Máximo, y toda la caterva”.

“Esto es impune, es asqueroso ver el baúl del auto del auto lleno de dólares”… “Es pornográfico, obsceno…”. “Cristina es una cretina”, “en la carta la señora es cínica, tiene un cinismo realmente increíble. Ella no se puede hacer la idiota, era cómplice… por descuidada”, fueron otras de las frases de Feinmann, lo que motivó que CFk iniciara una demanda por daños y perjuicios.

La actual vicepresidenta solicitó la condena económica y la retractación de las afirmaciones vertidas. Sin embargo, el juez de primera instancia a cargo del Juzgado Civil 110, Ricardo Agugliaro, rechazó la demanda .

El magistrado alegó que “si bien entiende que no tiene dudas que las calificaciones realizadas pudieron y pueden haberle molestado profundamente, no puedo dejar de mencionar que se trata de una de las personalidades públicas y políticas más importantes del país, que entre otras cosas ocupó en dos oportunidades la primera magistratura y que en la actualidad se desempeña como Vicepresidente de la Nación”.

Asimismo indicó que  “uno de los problemas vivos de nuestro tiempo es la colisión que suele presentarse entre el derecho a la intimidad y el honor de las personas y la libertad de prensa”.

 

"El excesivo rigor y la intolerancia llevarían a la autocensura lo que privaría a la ciudadanía de información imprescindible para tomar decisiones sobre sus representantes", expresa la sentencia.

 

Así, sostuvo que “el derecho de libertad de expresión puede generar responsabilidades a raíz de los abusos producidos en su ejercicio, ya que a igual jerarquía acceden los derechos personalísimos reconocidos en las normas constitucionales, como el honor o la intimidad”.

"El excesivo rigor y la intolerancia llevarían a la autocensura lo que privaría a la ciudadanía de información imprescindible para tomar decisiones sobre sus representantes", expresa la sentencia.

“Las afirmaciones sobre si es o no necia no acarrean ningún hecho ilícito concreto contra ella, y por lo tanto, no deben someterse a un test de veracidad” concluyó.


Aparecen en esta nota:
Cristina Feinmann

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

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