17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Hostigamiento policial puertas adentro

A través de una cautelar, la Justicia de Entre Ríos ordenó a la Policía que cese la hostilidad a una agente que denunció que sufrió violencia psicológica por su condición de mujer y en el ámbito donde presta servicios.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo N°2 de Concepción del Uruguay dictó una medida cautelar y, en consecuencia, dispuso que cesen y se abstengan en el futuro de realizar actos perturbadores, intimidatorios y hostiles hacia la agente denunciante.

También erigió al jefe de la Policía de Entre Ríos y al Ministerio de Gobierno y Justicia provincial como garantes de la efectividad de dicha manda. Todo ello en los autos “N.I.T. C/V, O.H. S- Violencia y/o discriminación en el ámbito laboral s/Competencia”.

En el caso la mujer solicitó el dictado urgente de medidas de protección contra la violencia psicológica que sufrió, según explicó, por su condición de mujer y en el ámbito donde presta servicios. “No es esto lo que debe imperar en una fuerza de seguridad moderna y eficiente”, sostuvo el tribunal tras corroborar la existencia de las circunstancias expuestas por la denunciante.

Los jueces advirtieron que “los hechos denunciados prima facie configuran un supuesto de violencia en el ámbito donde aquélla desenvuelve sus tareas”, por lo que “deviene insoslayable el dictado de medidas que prevengan a futuro la producción de hechos que pudieran colocarla ante situaciones de violencia, maltrato, intimidación o angustia”.

 

El Tribunal también exhortó a las autoridades a que compatibilicen la normativa reglamentaria vigente en el ámbito policial con las políticas públicas y los mandatos constitucionales y convencionales vigentes, a fin de "evitar la producción y promoción de sucesos de violencia".

 

Se deberán arbitrar, asimismo, los medios para garantizarle que al reincorporarse a la fuerza policial lo haga de acuerdo al grado y jerarquía alcanzado, en horarios diurnos y contemplando su necesidad de brindar atención y cuidado a sus pequeños hijos.

El Tribunal también exhortó a las autoridades a que compatibilicen la normativa reglamentaria vigente en el ámbito policial con las políticas públicas y los mandatos constitucionales y convencionales vigentes, a fin de "evitar la producción y promoción de sucesos de violencia".

También informó mediante oficio a la Secretaría de Género, Mujeres y Diversidad de la provincia, para que controle la medida adoptada y colabore con la protección de la víctima. Por último, la Cámara declaró su incompetencia, pero para dar continuidad a la causa, remitió las actuaciones al Juzgado Laboral de la ciudad de Colón.



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