20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
En el juicio se acreditaron los hechos

Denunciar un abuso no es difamar

La Cámara Civil revocó una sentencia y rechazó demanda impulsada por un actor de stand up, quien fue acusado públicamente por una ex alumna de teatro de haberla abusado. El actor había demandado a una colega que replicó la denuncia, pero el tribunal sentenció que se trata de un asunto "de notorio interés público".

La Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal confirmó la sentencia que rechazó la demanda impulsada por un actor de stand up, quien fue acusado en las redes sociales por una ex alumna de teatro de haberla abusado sexualmente.

La causa “B. C. N. C/ V. V. y otro S/ Daños y Perjuicios” fue impulsada por el comediante –demandante- que fue acusado por una ex alumna a través de las redes sociales Twitter, Facebook e Instragram. Estas publicaciones tuvieron una gran difusión “principalmente en el ámbito en que ambos se desempeñan laboralmente”, esgrimió en la presentación. También dijo que fue una “campaña de difamación”.

Estas denuncias también fueron difundidas por una comunicadora social, activa en redes, feminista, y comediante –codemandada-, quien fue condenada en primera instancia a pagar la suma de 400 mil pesos, más intereses y costas.

El juez de grado entendió que no debía responsabilizarse a la codemandada por los daños que se describieron en la demanda, dado que “ejerció su derecho de expresar lo que ella vivenció como una conducta abusiva de parte del contrario (diez años mayor que ella), cuando terminaba el ciclo secundario, pudiendo verbalizarlo a los 22 años como forma de reparación y visibilización para otras mujeres que pudieran haber transitado una situación similar”.

No obstante, el magistrado estimó que la codemandada “no se limitó a difundir la problemática en crisis sino que se involucró de un modo totalmente personal, agresivo y desmedido que no la autoriza a que se extralimite con expresiones agraviantes y cargadas de violencia, ni que se fomente el 'escrache' para hacer justicia por mano propia”.

El caso llegó al Tribunal de Alzada. En su voto, el camarista José Benito Fajre sostuvo que “el ilícito menoscabó sus derechos fundamentales existió, obligándola a tener una aproximación de contenido sexual que su psiquismo pudo advertir como perturbador y violento”.

 

En cuanto a la codemandada, el sentenciante advirtió que “la denuncia de abuso sexual cuya víctima es una mujer menor de edad y con las condiciones personales ya apuntadas, sin lugar a dudas, es un tema de interés público”.

 

“(…) considero que existe un interés de la comunidad en dilucidar la verdad de los hechos que le fueron atribuidos”, dijo y recordó que el reclamante “trabajaba dando cursos de stand up a alumnos, que podían inscribirse siendo menores de edad, la repercusión pública del hecho tendría por fin disuadir y alertar a quienes se encontraran interesados en tomar las clases”.

En cuanto a la codemandada, el sentenciante advirtió que “la denuncia de abuso sexual cuya víctima es una mujer menor de edad y con las condiciones personales ya apuntadas, sin lugar a dudas, es un tema de interés público”.

“En el caso, habré de sopesar la importancia del derecho al honor del actor por un lado y por otro, la trascendencia del interés público que indudablemente estaba en juego, ya que las opiniones de la codemandada estaban vinculadas con hechos cometidos por el actor aprovechando su situación de autoridad (…)”, concluyó.

De este modo, los magistrados Claudio Marcelo Kiper y Liliana Edith Abreut de Begher adhirieron al voto de su colega y, en consecuencia, revocaron la sentencia apelada y rechazaron totalmente la demanda.



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