20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
El personal del Registro Civil había denunciado la situación

Abogada intermediadora del delito

El Tribunal Oral Federal de Paraná condenó a una abogada y un hombre por haberle pagado a una joven para que les entregara su bebé recién nacido. La letrada intermedió entre la madre biológica y el coimputado para la "facilitación y promoción" de la inscripción falsa y alteración de la identidad del menor.

La jueza del Tribunal Oral Federal de Paraná, Noemí Berros, condenó a una abogada y un hombre por haberle pagado a una joven de escasos recursos para que les entregara su bebé recién nacido.

En el caso, la letrada hizo de nexo entre el coimputado y una joven que vivía en situación de pobreza, a quién le prometieron dinero y un terreno a cambio del bebé. Tras el parto, el personal de la oficina del Registro Civil advirtió la situación y realizó una denuncia.

Las partes celebraron una negociación para la aplicación del instituto del juicio abreviado, que prevé el artículo 431 bis del CPPN. Convinieron la intervención del hombre en el carácter de autor del delito de supresión de la identidad de un menor de 10 años en concurso ideal con falsedad ideológica de documento público y la participación de la abogada en el carácter de autora del delito de facilitación y/o promoción y/o intermediación en la perpetración de los delitos.

Las partes pactaron, asimismo, la imposición a los incursos de las respectivas penas de tres años de prisión de cumplimiento condicional, más las costas del juicio. De igual modo acordaron un resarcimiento a favor de la menor víctima de la suma total de 200 mil pesos.

 

El hombre y su cónyuge, según consta en la causa, se habían inscripto ante el Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Gualeguaychú como aspirantes a adopción, pero “eligió transgredir la ley e inscribir como propia a la niña recién nacida ajena”, dijo la magistrada.

 

En la sentencia, la jueza Berros advirtió que la matriculada intermedió “entre la madre biológica del niño y el coimputado y la facilitación y promoción del proceder de éste para la inscripción falsa y alteración de la identidad del niño como su hija biológica, circunstancia ésta probadamente desmentida por la pericia científica de ADN realizada”.

El hombre y su cónyuge, según consta en la causa, se habían inscripto ante el Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Gualeguaychú como aspirantes a adopción, pero “eligió transgredir la ley e inscribir como propia a la niña recién nacida ajena”, dijo la magistrada.

“Ambos medraron con la situación de vulnerabilidad de la madre”, señaló y concluyó: “Cada uno en el rol que asumieron, tuvieron pleno dominio y señorío del hecho que acometieron”.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Condena de 800 mil pesos
El robo de identidad se indemniza
También ordenó a la madre a gestionar la verdadera filiación de su hija
Por el derecho a la identidad

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486