La Justicia neuquina confirmó que las cremas solares, lociones y productos de limpieza deben ser cubiertas por una obra social a un paciente con albinismo. El fallo reconoce que estos pacientes tienen "una piel muy sensible a la luz y a la exposición sola"r
En los autos “T. C. E. C/ Instituto de Seguridad Social de Neuquen S/Accion de Amparo”, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén condenó a una obra social a brindar a un menor con albinismo la cobertura del 100% en la atención médica –controles dermatológicos y oftalmológicos-, estudios complementarios y medicamentos requeridos.
El Tribunal aclaró, asimismo, que la obra social demandada se encuentra “facultada para adquirir los productos y medicamentos prescriptos por la médica tratante, de conformidad con su indicación genérica y sin respetar la marca comercial sugerida, y entregárselos al paciente, respetando la provisión de los mismos en tiempo y forma”.
El caso llegó a la Alzada por el recurso del Instituto de Seguridad Social del Neuquén contra la sentencia que le impuso, entre otras cuestiones, de brindar protectores solares y demás cremas indicadas, en la cantidad y marcas prescriptas por los médicos tratantes.
El adolescente, de 15 años, presenta un trastorno hereditario de la biosíntesis de melanina, denominado albinismo oculocutáneo, que se caracteriza por una reducción generalizada en la pigmentación de pelo, piel y ojos, y hallazgos oculares que incluyen nistagmo, agudeza visual reducida y fotofobia, según consta en la causa. Este trastorno “no tiene cura y que lo que se controla y previene son las consecuencias de aquél en la piel y en los ojos”.
Los jueces analizaron los dictámenes técnicos, los cuales advirtieron que “las personas con albinismo tienen una piel muy sensible a la luz y a la exposición solar, siendo las quemaduras solares una de las complicaciones más graves, en tanto pueden derivar en cáncer de piel y engrosamiento de la piel”.
Para los camaristas, “las cremas, lociones y productos de limpieza indicados por la médica tratante son necesarios para el tratamiento del hijo de la actora y deben ser provistos por la demandada con una cobertura del 100%”.
“La prevención de las quemaduras solares, y en ello son contestes los informes técnicos, se realiza, en primer lugar, evitando la exposición a los rayos UV (radiación ultravioleta). Para ello la persona tiene que permanecer el menor tiempo posible al aire libre; evitar estar en el exterior en los horarios de mayor radiación solar (entre las 11,00 horas y las 17,00 horas); permanecer a la sombra”, explicaron.
También señalaron la utilización de barreras físicas como ropa adecuada, que cubra la mayor parte del cuerpo, anteojos y protección de la cabeza mediante gorras o sombreros, junto con la protección de las partes del cuerpo no cubiertas por la ropa y gorras con factor 50.
Para los camaristas, “las cremas, lociones y productos de limpieza indicados por la médica tratante son necesarios para el tratamiento del hijo de la actora y deben ser provistos por la demandada con una cobertura del 100%”.