02 de Diciembre de 2024
Edición 7103 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/12/2024
Por la vulnerabilidad

Los abuelos de la nada

La Justicia de Salta la dejó sin efecto una resolución de alimentos provisorios que obligaba a los abuelos paternos de un menor. Los adultos mayores sólo tienen una jubilación mínima y viven en una casilla de madera.

En los autos “s “M., R. G. C/ V., F.; L., S. – alimentos”, el Juzgado de Primera Instancia de Personas y Familia de Segunda Instancia de Orán, a cargo de Ana María Carriquiry, declaró inaplicable el artículo 668 del Código Civil y Comercial en un caso donde los abuelos paternos están en situación de vulnerabilidad.

De este modo, la magistrada dejó sin efecto la resolución de alimentos provisorios que obligaba a los abuelos paternos y, además, dispuso una serie de medidas que aseguren que el padre cumpla con su obligación alimentaria. La causa fue iniciada por la madre del menor requiriendo que se fije cuota alimentaria, y los abuelos paternos fueron señalados como obligados ante el incumplimiento del progenitor.

Los abuelos paternos, a quienes se les había fijado como cuota alimentaria el 10 por ciento de sus jubilaciones, habitan en una casilla con cocina a leña y una construcción deteriorada. El abuelo percibe una jubilación de 24 mil pesos mensuales y la abuela 19 mil pesos mensuales como jubilada. Ambos adultos mayores sufren hipertensión, por lo que gran parte de sus haberes jubilatorios son destinados a la compra de medicamentos, según consta en la causa.

En este escenario, la jueza salteña analizó la extrema situación de vulnerabilidad de los abuelos paternos, en relación a los ingresos jubilatorios, los gastos en medicamentos y las “deplorables condiciones de su hogar”, ya que viven en una casilla de madera.

 

El Juzgado tuvo por "probado el incumplimiento de la obligación por parte del progenitor" del menor, por lo que le impuso diversas medidas, tales como la inscripción del hombre en el Registro de Deudores Morosos de la Corte de Justicia. la prohibición de salida del país, la retención del carnet de conducir y la suspensión de licencia de conducir.

 

"El informe ambiental es contundente: tienen graves problemas de salud, orientan sus recursos a la compra de medicamentos, pagan dos préstamos que se vieron obligados a pedir, por la situación económica y tienen las necesidades básicas insatisfechas", indicó.

Y continuó: "La fijación de una cuota alimentaria a los abuelos paternos pondría en peligro la supervivencia de los dos adultos mayores, sujetos de especial protección por nuestro ordenamiento jurídico".

El Juzgado tuvo por "probado el incumplimiento de la obligación por parte del progenitor" del menor, por lo que le impuso diversas medidas, tales como la inscripción del hombre en el Registro de Deudores Morosos de la Corte de Justicia. la prohibición de salida del país, la retención del carnet de conducir y la suspensión de licencia de conducir.



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