20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Sentencia laboral en días

Velocidad cordobesa

El Juzgado de Conciliación y Trabajo de 5° Nominación de la ciudad de Córdoba dictó sentencia definitiva en un proceso iniciado por dos trabajadores de call center a 49 días hábiles del inicio del reclamo judicial. Lo hizo en el marco de un procedimiento declarativo abreviado (PDA). Se trataba de una causa “sin contraparte”, encuadrada en la causal del artículo 52 bis de la ley 7987, incorporado por la ley 10.596, que originalmente empezó como juicio ordinario. Asimismo, el tribunal a cargo del juez Santiago Moreno Douglas dictó sentencia definitiva a 54 días hábiles del inicio del pleito en un PDA correspondiente al inciso “l” de la Ley 10.596. Esta causal incluye las demandas derivadas del Régimen de Riesgos del Trabajo, cuando el accidente de trabajo haya sido reconocido por la Comisión Médica y se cuestione solo la determinación del grado de incapacidad. Concretamente, en este proceso se discutió la existencia de secuelas incapacitantes en un agente de la Policía de la Provincia de Córdoba que fueron generadas por un accidente de tránsito ocurrido mientras se dirigía a prestar tareas (in itinere).

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Córdona laboral

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