El Máximo Tribunal rechazó el recurso de un procesado por trata con fines de explotación sexual para que se le conceda la prisión domiciliaria, argumentando que en la cárcel corre riesgo de contagiarse COVID.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso de un procesado por trata con fines de explotación sexual para que se le conceda la prisión domiciliaria, argumentando que en la cárcel donde cumple prisión preventiva corre riesgo de contagiarse el coronavirus.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti consideraron que el recurso extraordinario, cuya denegación motivó esta queja, “no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal”, por lo que desestimaron la presentación directa.
En agosto de 2020, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº5 le concedió el arresto domiciliario al imputado por el delito que le fuera imputado, esto es, trata de personas con fines de explotación sexual reiterado en catorce oportunidades y agravado por haber sido cometido a través de engaño y abuso de situación de vulnerabilidad, por haber sido más de tres las víctimas, por haberse llevado a cabo con la participación de más de tres personas.
El representante del Ministerio Público Fiscal, sin embargo, esgrimió que no se había demostrado por qué “una persona que goza de su libertad ambulatoria resulta menos vulnerable a su infección que una persona privada de su libertad, cuando la única herramienta epidemiológica empleada para su contención es justamente el distanciamiento social, es decir, el encierro efectivo”.
Posteriormente, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal hizo al recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal y, por mayoría, anuló el fallo impugnado en lo autos “A. R. M. s/recurso de casación”.
Según consta en la causa, el hombre integra los grupos de riesgo frente a la propagación del coronavirus, al tener 56 años de edad y padecer asma y dislipemia.
Posteriormente, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal hizo al recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal y, por mayoría, anuló el fallo impugnado en lo autos “A. R. M. s/recurso de casación”.
El Tribunal ponderó la gravedad del delito imputado: “Por razones propias vinculadas con el aseguramiento del avance del proceso penal, en consonancia con los compromisos internacionales asumidos por nuestro país en materia de prevención y sanción del delito de trata de personas, estimo que existen pertinentes y suficientes razones para no conceder el beneficio solicitado en tanto no se presenta apto para asegurar el normal desarrollo del proceso en curso”.
En su voto, el juez Gustavo Hornos también destacó que el hombre se encuentra en una “celda individual, en un contexto apto para evitar el contacto estrecho con las personas detenidas que padecieron coronavirus”.